04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Abogados vs. ANSES: nuevo capítulo

Un juzgado Contencioso Administrativo suspendió una normativa del organismo de Seguridad Social que dispone la creación de un registro para que los abogados realicen trámites de terceras personas. La acción fue llevada a cabo por Federación Argentina de Colegios de Abogados. Los conflictos de este tipo volvieron a surgir desde la última moratoria previsional

Llevar a cabo los trámites jubilatorios y otro tipo de gestiones ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) es una de las actividades que realizan más comúnmente los abogados de todo el país. Históricamente se han ocupado de brindar este servicio que, al mismo tiempo, ha sido criticado desde la entidad que dirige Diego Bossio ya que desde allí consideran que no existe la necesidad de asistencia para estas diligencias.
 
El año pasado, esta institución elaboró una resolución que preveía la creación de un Registro de Abogados y Gestores Administrativos, quienes, cumpliendo una serie de requisitos, podían llevar a cabo los trámites de terceras personas. Las quejas no tardaron en llegar desde distintos puntos del país, y en Corrientes, la Justicia se pronunció a favor de los letrados.
 
En una presentación, la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) dirigió a la Justicia contencioso administrativa un amparo de incidencia colectiva solicitando que se detenga el accionar del organismo, ya que afirmaron que esta disposición restringía y limitaba el ejercicio de la profesión de los letrados.
 
La medida cautelar que determinó la suspensión de la normativa fue dictada por el juez federal Pablo Cayssials, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo 9 de Corrientes. La presentación fue llevada a cabo en un marco amplio en el que participaron varios colegios de abogados.
 
Los letrados precisaron que “se pretende de esta manera poner límite a los embates que desde el ANSES se viene dando contra los abogados, cercenándole el libre ejercicio profesional, y al mismo tiempo se busca no solo garantizar el derecho constitucional a trabajar y ejercer toda actividad lícita, sino también el derecho de todo ciudadano a contratar los servicios profesionales de un abogado de su confianza para acudir ante la administración y/o la justicia. A buscar asesoramiento, reclamar y peticionar ante las autoridades”. 
 
“Los más de 500 mil juicio que pesa sobre el Estado nacional, por malas liquidaciones y reconocimientos por parte del ANSES a los jubilados y pensionados, son muestra más que suficiente que evidencian las falencias del organismo previsional a la hora de efectuar los reconocimientos, y hace necesario para que el ciudadano a la hora de acudir ante dicho organismo, más alta de la gratuidad del trámite administrativo que no es una concesión graciosa sino un derecho, deba buscar asesoramiento externo y objetivo para hacer valer sus derechos, que terminan siendo desconocidos o reducidos ilegítimamente por el ANSES”, consignaron los profesionales.
 
Estos conflictos entre el organismo dirigido por Diego Bossio y los abogados se volvieron más fuertes y frecuentes desde la última moratoria previsional, llevada a cabo poco después de la mitad del año pasado. Entonces, varias presentaciones fueron realizadas por distintos colegios de todo el país en contra del órgano estatal.
 
El Colegio Público de Abogados de Capital Federal (CPACF) llevó a cabo una de ellas en la que señaló que la ANSES, con las medidas y limitaciones que imponía a los abogados, “cercenaba” el derecho de trabajo de los integrantes y asociados a la institución.
 
Poco antes de esa presentación, los integrantes del Colegio de Abogados de San Isidro habían llevado a cabo una del mismo carácter y con los mismos reclamos. En esa ocasión, solicitaron que cesen las “hostilidades” que se presentaban contra los abogados que trabajaban en conjunto con el organismo de la Seguridad Social.


dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486