20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Brevatas

Falleció Julio Strassera, el fiscal del juicio a las juntas militares | Aceptan renuncia de juez de Cámara  | San Juan: asume José Abel Soria Vega como presidente de la Corte de Justicia | Casación instó a recuperar 80 millones de pesos del caso IBM-DGI

 
Murió el fiscal del juicio a las juntas militares, Julio Strassera
 
El fiscal del juicio a las juntas militares, Julio Strassera, falleció este viernes por la mañana a los 81 años, debido a una afección intestinal y un cuadro de hipoglucemia que provocaron que permaneciera durante diez días en coma. Durante todo el día se sucedieron los saludos y condolencias de parte de organizaciones de derechos humanos, políticos y activistas que recordaron con cariño a quien, en su famoso alegato final sobre el rol de los represores en el terrorismo de Estado de la última dictadura militar, pronunció dos palabras para sentenciar esas prácticas: Nunca más. León Arslanián, quien participó como juez en el juicio a las juntas, señaló que "fue un hombre singularmente apasionado, consecuente con sus ideas, comprometido con el restablecimiento del orden democrático y con los valores fundamentales de la República, que corona una trayectoria de vida en el juicio de las juntas". Por su parte, Nora Cortiñas, integrante de Madres de Plaza de Mayo, Línea Fundadora, afirmó que "tuvo el coraje de iniciar el juicio en momentos que eran muy difíciles. Ese juicio fue un juicio que no nos hubiéramos imaginado mientras estábamos en pleno terrorismo de Estado". Resulta pertinente recordar sus palabras ante el Tribunal que juzgó a los genocidas partícipes de la última dictadura militar, una vez más: "Señores jueces: quiero renunciar expresamente a toda pretensión de originalidad para cerrar esta requisitoria. Quiero utilizar una frase que no me pertenece, porque pertenece ya a todo el pueblo argentino. Señores jueces: ´Nunca más´".

Aceptaron renuncia de juez de Cámara de Bahía Blanca

A través del Decreto 230/2015, la presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, le aceptó la renuncia, a partir del 1° de febrero de 2015, a Raúl Hilario Fernández Orozco, al cargo de Juez de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca.

San Juan: Asume el nuevo presidente de la Corte de Justicia

 El cargo será ejercido por el José Abel Soria Vega, quedando el orden de subrogancia -en caso de ausencia- de la siguiente manera: primero doctor Carlos Eduardo Balaguer; segundo doctor Ángel Humberto Medina Palá; tercero doctor Adolfo Caballero; y cuarto doctor Juan Carlos Caballero Vidal.

Casación ordenó que se recuperen 80 millones de pesos del caso IBM-DGI

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, conformada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo hornos y Mariano Borinsky, revocó la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 3 de la Capital Federal que no hizo lugar al pedido de embargo solicitado por la Oficina Anticorrupción, por un monto de 80 millones de pesos, en la causa  en la que se investiga el presunto pago de sobreprecios por parte del Estado Naciona, por una suma cercana a los 120 millones de pesosl en el marco de una contratación de servicios informáticos que celebró la DGI con la firma IBM Argentina S.A. en el año 1994. El rechazo por parte del Tribunal Oral se había dado "toda vez que el organismo estatal lleva adelante acciones por el perjuicio que le habrían provocado las contrataciones referidas, ante el fuero contencioso administrativo federal, que por su especialidad resulta el ámbito adecuado para decidir respecto de las derivaciones patrimoniales de aquéllas, corresponde estar a lo que en definitiva allí se disponga". sin embargo, el Máximo Tribunal Penal sostuvo que si bien la demanda incoada por la AFIP ante eese fuero "encuentra un punto en común con la pretensión de la querella en este incidente, pues el embargo aquí solicitado tiene por miras asegurar el éxito de una eventual restitución en caso de recaer condena, el expediente penal del que este incidente depende posee fines diversos a los del expediente contencioso administrativo: el primero, investigar y juzgar los presuntos delitos que constituyen su objeto, mientras que el segundo –en este caso–, convalidar la nulidad decretada por la AFIP respecto de ciertos actos de adjudicación realizados por la administración pública en beneficio de la UTE ´IBM–Banelco´ y la restitución de los beneficios mencionados con anterioridad". Por lo cual, se concluyó que "la potestad de los jueces de esta causa de ordenar la restitución de la ganancia indebida en caso de recaer condena por el delito imputado (administración infiel en perjuicio de la administración pública –arts. 174, inc. 5º, en función del art. 173, inc. 7º–), permanece incólume". 

 
 


dju
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