En el marco de la implementación del Código Procesal Penal, el TSJ neuquino remitió a la Legislatura Provincial un proyecto de ley que establece el alcance de la etapa recursiva en los casos de transición. Así, los ministros buscan brindar "mayor seguridad jurídica" y así "asegurar el acceso a la Justicia".
El nuevo Código Procesal Penal de la provincia de Neuquén entró en vigencia en enero de 2014. En este contexto, se abandonó el sistema inquisitivo reformado, para pasar a un sistema adversarial. En este sentido, el TSJ remitió a la Legislatura un proyecto de ley que establece "el alcance de la etapa recursiva en los casos de transición en el marco de la implementación del código Procesal Penal".
Dicha etapa recursiva hace referencia a "las impugnaciones ordinarias ante el Tribunal de Impugnación y extraordinarias ante el Tribunal Superior de Justicia de las causas contempladas en el segundo párrafo del artículo 56 de la Ley Orgánica de la Justicia Penal".
Según los fundamentos del proyecto, el Código Procesal Penal trajo consigo "un enorme cambio que implicó la readecuación de toda la estructura penal del Poder Judicial, para adecuarse a este nuevo sistema", y el mayor cambio que transitó la Justicia en todos sus años de existencia.
De esta forma, se reestructuró "todo su organigrama, hubo reasignación de funciones de todo el personal del fuero penal, se dictaron reglamentos e instructivos para las distintas áreas creadas, se pusieron en marcha numerosas salas de audiencias".
En este contexto, el Tribunal Superior de Justicia recordó que "dictó normas de transición, mediante diversas acordadas, para establecer un procedimiento ordenado de distribución de casos en el nuevo sistema. Debe tenerse presente que la fecha de sanción de las normas fue diciembre del 2013, y recién fue publicada en enero de 2014. Por lo que la readecuación descripta fue llevada a cabo habiéndose iniciado la implementación de la reforma".
La iniciativa dispone que "las causas comprendidas en el segundo párrafo del artículo 56 de la Ley N° 2891 tendrán un plazo máximo de 9 meses para resolver la impugnación ordinaria ante el Tribunal de Impugnación y extraordinaria ante el Tribunal Superior Justicia de Neuquén".
"Entendemos que esta norma viene a brindar mayor seguridad jurídica para la sociedad toda, y especialmente estableciendo el alcance de la etapa recursiva en los casos de transición. Fijando un plazo fatal e improrrogable en consonancia con el espíritu del Nuevo Código Procesal Penal y leyes complementarias", afirmaron los ministros del Máximo Tribunal provincial.
Para los jueces, "todo proceso de transición, requiere de los ingentes esfuerzos de todos los actores para asumir sus nuevos roles y además es necesario establecer un parámetro aclaratorio para los casos remanentes del viejo sistema", y esta propuesta se proyecta en "función de una exhaustiva evaluación sobre la base de constataciones empíricas de la información brindada por el Ministerio Público Fiscal, debidamente clasificada y evaluada por la Comisión de Seguimiento, creada por el Tribunal Superior de Justicia".