20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Las obras de mantenimiento siguen en los Tribunales

La Cámara Civil y Comercial Federal ordenó que AYSA y una de sus empresas contratistas indemnicen con $70.000 a la propietaria de una heladería cuyo sótano se inundó. El Tribunal tuvo por acreditado que ocurrió por obras de mantenimiento. 

En una decisión que contó con los votos de los jueces Graciela Medina, Guillermo Antelo y Ricardo Recondo, la Cámara Civil y Comercial Federal dispuso que Aguas y Saneamiento Argentino SA (AySA) indemnizase a la dueña de una heladería por los daños y perjuicios que sufrió a raíz de la inundación que se produjo en el sótano de su negocio durante una tormenta.

De esa forma, el Tribunal de Apelaciones había revocó la sentencia de Primera Instancia que había rechazado la acción porque se consideró que no quedó demostrada la causa eficiente del hecho generador del siniestro hídrico, lo que impedía tener por demostrado “el nexo causal entre los daños alegados por la actora y la inconducta atribuida a las codemandadas”.

Según constancias de la causa, el siniestro se produjo “a raíz del ingreso de una inusitada cantidad de agua”, lo cual generó “la inutilización de la ‘bomba de achique’ y el pozo de bombeo”. Contrariamente a lo que entendió el juez de Primera Instancia, la Cámara sostuvo que la causa de la inundación fue una abertura en la vereda.

Los magistrados sostuvieron ese criterio con fundamento en el dictamen del perito ingeniero, quien sostuvo que existió “una relación de causa a efecto directa entre la apertura de la vereda efectuada frente al ingreso al edificio, las fuertes lluvias registradas que anegaron la zona y la inundación del local”.

El dictamen pericial agregó que, en ese orden de ideas, “la relación con la vereda abierta para realizar trabajos de mantenimiento es inmediata, ya que el lugar de ingreso del agua -vereda destapada- y el de la salida -pozo de achique- se encuentran hidráulicamente conectados a través del terreno natural”.

Bajo esos parámetros, los camaristas juzgaron como razonable “concluir que el sótano de la propiedad de la actora sufrió el ingreso de agua de manera abundante debido a que la vereda había sido abierta para realizar trabajos de mantenimiento y se encontraba provisoriamente tapada cuando se produjeron precipitaciones excepcionales en la ciudad”.

Los magistrados, de esa forma, condenaron solidariamente a AysA y a la empresa contratista a la que AySA le encargó hacer los trabajos de roturas en las veredas, quienes deberán desembolsar la suma de $ 67.507,25 ($ 45.693,60 por daños materiales y $ 21.813,65 por lucro cesante). Dicho monto llevará intereses desde el día en que se produjo el siniestro, conforme las pautas del artículo 178 del nuevo Código Civil y Comercial.


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