La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los magistrados Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani, resolvió rechazar el recurso de casación impetrado por la defensa de David Cabaleiro y confirmar la condena a diez años de prisión impuesta por un Tribunal Oral, el cual halló penalmente responsable al imputado de la comisión del delito de homicidio agravado por haber sido cometido mediante el empleo de un arma de fuego en grado de tentativa, ocurrido en el medio de una discusión en una plaza en el barrio de Saavedra, cuando el encartado, luego de una gresca le disparó a un hombre a la cabeza, impactando la bala en su parietal. Para la Cámara, "la ponderación realizada por los sentenciantes de la condición de policía del imputado, como parámetro para mensurar la pena, se refiere a las circunstancias específicas del concreto hecho juzgado y a la mayor gravedad del mismo frente a la responsabilidad que por la función que ejercía le venía impuesta. Es que la situación personal del autor y la profesión que ejercía al momento de los hechos, resulta un parámetro de importancia para determinar la capacidad del autor para reconocer la antijuricidad del hecho y para determinarse conforme a ese conocimiento".