27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Otra calificación

La Cámara del Crimen cambió la calificación del delito imputado a dos personas que en abril habían asaltado la Asociación del Fútbol Argentino(AFA), quienes fueron procesados en primera instancia por “homicidio en ocasión de robo”, ya que en la ocasión un agente retirado de la Policía Federal falleció víctima de un ataque cardiaco.

 
En su resolución la Cámara consideró que tanto Damián Cabrera como Carlos Armento fueron “coautores de los delitos de robo con armas en grado de tentativa en concurso real con tenencia de arma de guerra” y de esta forma les quitó a ambos la responsabilidad por la muerte del hombre que cumplía tareas de seguridad en la AFA tal como lo había dispuesto el juez Eliseo Otero.

Asimismo, el abogado de los imputados, Héctor Rodríguez, apeló la denegatoria de la excarcelación dictada por Otero y se esperanzó en que con el cambio del delito sus defendidos recuperen en el corto plazo su libertad, ya que tal modificación de la calificación así lo permite.

Los hechos por los que se responsabilizó a los imputados sucedieron el 5 de abril cuando ingresaron al edificio de la AFA en Viamonte 1366 y luego de reducir al personal de hicieron con el dinero que estaba guardado en una caja de seguridad de la entidad.

Según de informó, personal policial logró recuperar el dinero robado, pero durante los hechos Osvaldo Moro, quien cumplía tareas de seguridad, sufrió una descompensación y murió víctima de un ataque cardiaco.

Sobre el deceso, los camaristas Alfredo Barbarosch, Mariano Gonzalez Palazzo y Carlos Elbert, consideraron que la descompensación de Moro fue “totalmente fortuita” y hubiese podido “sorprenderle en cualquier momento por otra vivencia de origen no delictivo”.

Para llegar a esa decisión los jueces tuvieron en cuenta un dictamen médico que obra en el expediente en donde se demostró que Moro “sufría una deficiencia coronaria” y se remarcó que esa anomalía le produjo “un ataque cardiaco como consecuencia del estrés sufrido por los hechos acontecidos en su lugar de trabajo”.

Además, apuntaron que “los imputados no pudieron tener ningún conocimiento de la deficiencia física de Moro” y remarcaron que “ni tan siquiera la desencadenaron de modo más o menos directo”.

Entonces, manifestaron que “no habiendo relación causal con la muerte, no mediando acciones de presión psicológica específicas” consideraban que debía darse razón a la defensa en cuanto a la “modificación del encuadre típico”.

En tanto, Elbert aseveró que dada la afección que sufría Moro “no debía estar habilitado” para cumplir con las funciones de alto riesgo como las que se viven en la vigilancia de un edificio.



dju / dju
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