El Tribunal Supremo de Justicia de España rechazó el recurso de revisión contra una sentencia de 1940, por las cual se modificó una condena de incautación de bienes y se aplicó una multa de 300 mil pesetas a Javier Domezain Chávarri, un responsable político del Partido Izquierda Republicana. El Tribunal consideró que la peticionante, que era la sobrina nieta del multado, no estaba legitimada a presentar el recurso, ya que la Ley de Memoria Histórica de 2007, que permite la revisión de los fallos dictados en 1940, sólo admite que accionen el afectado y, en el caso de que éste se encuentre fallecido -como ocurrió en autos- al cónyuge, ascendiente o descendiente del mismo.