Un juez de la Ciudad rechazó la petición del Gobierno porteño para que se cite como tercero obligado al Estado Nacional en un amparo habitacional. "De seguirse esa interpretación, el Estado Nacional debería ser parte en todas aquellas causas en las que se debatieran cuestiones atinentes a materias de regulación concurrente entre ambos Estados", afirmó.
En los autos “R. B. M. J. contra GCBA sobre amparo”, el juzgado N° 20 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno porteño.
El caso se inició a raíz de una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA), mediante la cual se solicitó “una solución habitacional definitiva que garantice condiciones dignas, seguras y adecuadas de habitabilidad” a favor de un hombre.
Posteriormente, el GCBA contestó la demanda y solicitó que se rechazara la acción deducida por su contraria. Asimismo, peticionó que “se citara como tercero obligado al Estado Nacional por considerar que la presente controversia le es común”.
No obstante, se resolvió que “no resultaba necesaria la intervención del Estado Nacional ya que no se advertía que pudiera ser afectado por una eventual sentencia condenatoria”. Ante esta situación, el GCBA interpuso recurso de inconstitucionalidad contra el auto que rechazó la citación de terceros mencionada.
En este marco, el juez explicó que “el hecho de que el entramado de normas constitucionales nacionales y locales, propio de un estado federal, regulen la materia habitacional de modo concurrente y pesen, en consecuencia, obligaciones y responsabilidades tanto sobre el Estado Nacional como sobre la Ciudad, no alcanza para concluir que la controversia que se plantea en el caso es común”.
“De seguirse la interpretación que propone la demandada, el Estado Nacional debería ser parte en todas aquellas causas en las que se debatieran cuestiones atinentes a materias de regulación concurrente entre ambos Estados; lo cual llevaría, a la postre, a que todos esos asuntos fueran juzgados en el fuero federal”, indicó el fallo.
Para el magistrado, “el GCBA pretende, en definitiva, que por la vía extraordinaria se vuelva a examinar el pedido de citación de terceros oportunamente efectuado y rechazado; pretensión que, en sustancia, desnaturalizaría al recurso de inconstitucionalidad como tal”.
Y concluyó: “Tampoco se evidencia en el caso la configuración de un supuesto de arbitrariedad que haga admisible el recurso de inconstitucionalidad incoado”.