El Máximo Tribunal de la Nación, con los votos de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda consideró táctiamente desistido un recurso de queja interpuesto por Google, pese a que la empresa había efectuado el depósito previo exigido por el Alto Tribunal. Ello fue debido a que el motor de búsqueda depositó y dio en pago la suma de $88.000 en concepto de capital e intereses y solicitó - sin formular reserva de ningún tipo- que se tuviera por cumplida la sentencia recaída en autos "Oiene, Pablo Luis c/ Google Inc. s/ daños y perjuicios" que declaró la responsabilidad civil del motor de búsqueda. Los supremos estimaron que era inoficioso pronunciarse respecto del recurso extraordinario, dado que se enrolaron en la teoría de que el pago del importe del capital e intereses adeudados sin hacer reserva alguna sobre la continuación del trámite de la queja, "importa una renuncia o desistimiento tácito del recurso".