Tras el fallo dictado por el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°3 de La Plata, Luis Arias, que dictó una cautelar ordenando a las empresas prestatarias de energía eléctrica que se abstengan "de aplicar la nueva tarifa a los usuarios del servicio público, efectuar una nueva liquidación y emitir nuevas facturas o, para el caso en que la nueva facturación no fuera emitida antes de los sucesivos y periódicos vencimientos, que la empresa admita el pago del servicio según el cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento establecido, sin que ello implique la alteración o interrupción del servicio", el gobierno de la Provincia de Buenos Aires recurrió la resolución, y el magistrado, en declaraciones radiales, declaró que "las personas que tienen su factura y se vence, lo que tienen que hacer es no pagar y esperar la nueva facturación".