La Sala II del Tribunal de Apelaciones, con votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, confirmó la resolución del juez Sebastián Casanello en la que procesó a Lázaro Báez y Daniel Pérez Gadín por el delito de lavado de dinero proveniente de un delito. El fallo de la Alzada respalda en parte la tarea de Casanello, considerando que el magistrado - a quien se buscó apartar del caso- valoró adecuadamente las constancias del expediente. Sin embargo, la Cámara también remarcó que el titular del Juzgado Federal n° 7 persiste en "un enfoque errado de la investigación, y que se relaciona con posicionarse sobre la determinación de una calificación legal y a partir de ella marcarlímites –infranqueables- a su objeto". En otras palabras, que se centró en investigar sólo las maniobras que encuadran en el delito de lavado, en vez de analizar todas las conductas y recién ahí encuadrarlas en un delito. La Sala II de la Cámara Federal, además, exhortó a que se investigue la relación de Báez con la ex mandataria Cristina Fernández de Kirchner. El fallo sostiene: "el repaso del expediente demuestra que la sospecha sobre el origen delictivo de esos fondos apareceexpuesta claramente a partir de la fundamental actividad económica del principal imputado hasta ahora (la construcción), gestada a consecuenciay/o con estrecha relación de sus conocidos vínculos (personales y comerciales)" con Néstor Kirchner y su esposa, Cristina Fernández, "y de la múltiple y millonaria obra pública que le fue adjudicada a lo largo de los mandatos de ambos". A partir de esa hipótesis, Irurzun y Farah razonaron que "el más elemental sentido común torna necesario que se avance sobre las sospechas que vinculan a la procedencia ilícita de los bienes, con la larga lista de adjudicaciones de obras públicas que beneficiaron a empresas de Lázaro Báez, en forma paralela a las relaciones -cuanto menos- personales y comerciales que lo unían con las más altas autoridades del Poder Ejecutivo Nacional".