La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso extraordinario interpuesto por la defensa del barrabrava de Boca Juniors, Mauro Martín, contra la resolución que se le había impuesto por no obedecer la orden de restricción de acercamiento al estadio del club.
En los autos “Martín, Mauro Leandro s/resistencia o desobediencia a funcionario público”, la defensa del imputado, el abogado Fernando Burlando, solicitó la admisibilidad del recurso extraordinario federal contra la resolución de grado, en cuanto resolvió rechazar el recurso de casación presentado por la defensa del nombrado contra la sentencia que había resuelto condenarlo a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, que se tuvo por compurgada, más el pago de las costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de desobediencia.
El recurso extraordinario federal se interpuso en virtud de las previsiones contenidas en los arts. 14 de la ley 48, 6 de la ley 4055 y 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Por su parte, los integrantes del Tribunal expresaron que "el remedio intentado no puede prosperar, pues en él se reiteran los cuestionamientos relativos al juicio de tipicidad efectuado por los jueces de la causa para afirmar la concurrencia del delito de desobediencia (artículo 239 del Código Penal), asunto que resulta ajeno a la instancia federal de excepción toda vez que remite a la interpretación y aplicación de la legislación común (art. 15, última parte, de la ley 48)".
Además, "tampoco puede eludirse dicho obstáculo formal mediante la invocación de la doctrina de la arbitrariedad, en tanto ésta es de aplicación estrictamente excepcional y tiene por objeto suplir defectos realmente graves de fundamentación o razonamiento que impidan considerar a la sentencia como un acto jurisdiccional válido", explicaron los jueces.
La Sala, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, resolvió declarar inadmisible el recurso extraordinario federal presentado.