04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Conflicto en puerta con las tarjetas de crédito

La Unión de Consumidores de Argentina tiene previsto presentar una demanda en contra de distintas entidades bancarias y emisoras de tarjetas de créditos, dado que sostiene haber detectado el cobro de intereses “usurarios” y de cargos por servicios no prestados.

 
Si bien, previo al inicio del juicio se deberá pasar por la mediación obligatoria, fuentes de Unión de Consumidores de Argentina manifestaron, en dialogo con Diariojudicial.com, que no tienen muchas expectativas respecto de la eficacia de tal medida, por lo que estiman que el tema se dirimirá por la vía judicial.

En ese sentido, adelantaron que la próxima semana el grupo de consumidores mantendrá una reunión con la Asociación de Tarjetas de Crédito, ya que estos solicitaron mantener un encuentro con los consumidores para discutir los puntos que enfrentan a las partes.

Desde el entidad defensora de los derechos de los consumidores se está elaborando una investigación respecto de cómo esta funcionando el sistema, a partir de la cual se detectaron que en varios casos las entidades “no están cumpliendo con la ley de tarjetas de créditos, ni la de Defensa del Consumidor”, lo cual se traduce en “intereses excesivos y cargos no autorizados”, como así también la falta de claridad en los resúmenes.

Respecto de los intereses compensatorios o financieros, que son los cobrados por el emisor de la tarjeta de crédito por el servicio de financiación de los saldos adeudados, detectaron que si bien los mismos siempre fueron elevados, en la actualidad oscilan entre el 80 y el 52 por ciento.

Para los integrantes de la entidad, estas tasas significan “un ejemplo de gran desproporción y falta de razonabilidad de las mismas, con gravámenes que vuelven las deudas imposibles de pagar”.

Según el artículo 16 la ley 25.065, de Tarjetas de Crédito(LTC), ”El límite de los intereses compensatorios o financieros que el emisor aplique al titular no podrá superar en más del veinticinco por ciento (25%) a la tasa que el emisor aplique a las operaciones de préstamos personales en moneda corriente para clientes.

En caso de emisores no bancarios el límite de los intereses compensatorios o financieros aplicados al titular no podrá superar en más del veinticinco por ciento (25%) al promedio de tasas del sistema para operaciones de préstamos personales publicados del día uno al cinco (1 al 5) de cada mes por el Banco Central de la República Argentina.”

Al respecto, el informe detalló que en la actualidad no se otorgan créditos personales o si se otorgan se dan a tasa libre, sin referencia y el BCRA no publica nada por la falta de otorgamiento de créditos en plaza.

“En consecuencia, no se cumple con la ley, tal vez por imposibilidad fáctica derivada de la falta de tal parámetro. Sin embargo, ello no autoriza a que los intereses sean libres, ni desproporcionados. Más bien pensamos que, no habiendo conciencia de la necesidad de fijar intereses razonables, deberán fijarse compulsivamente nuevos parámetros”, disparan desde la Unión de Consumidores.

Sobre el tema de un nuevo rubro que se pretende cobrar, denominado “Reserva de Fondos”, informan que se recibieron cientos de denuncias y consultas relativas a ese concepto “que muchos emisores están cargando a los consumidores” y detallaron que “nadie supo contestar con claridad y exactitud a qué se refiere tal cargo”, ya que para cada banco tiene “una connotación diferente”.



dju / dju
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