Se trató de dos miembros de la fuerza que detuvieron y llevaron a la comisaría a un hombre luego de interceptar en la ruta el camión que venía manejando, “sin razón alguna y sin autorización de autoridad competente”. La Sala B de la Cámara Federal de Córdoba, con voto de los camaristas, Abel G. Sánchez Torres, Luis Roberto Rueda y Liliana Navarro, confirmó el procesamiento de los policías en carácter de autor y partícipe necesario del delito de privación ilegítima de la libertad por abuso funcional (art. 144 bis, inc. 1 del CP.). “No existe marco legal alguno que permita legitimar una medida privativa de libertad cuya finalidad se agota en sí misma. Eso fue lo que sucedió cuando, luego de la intervención que tuvo lugar en la vía pública, la demora de P. se prolongó innecesariamente, trasladándolo en condición de detenido a la Delegación de la Policía Federal, donde, si bien no fue esposado o encerrado en un calabozo, permaneció en tal calidad hasta su liberación, la que se efectivizó horas después”, sostuvo el voto del juez Sánchez Torres, al cual se adhirieron sus colegas de Sala.