El procurador, otrora enlace entre Justicia, abogado y cliente, vive tiempos difíciles. En la Capital Federal no tiene el control de su matrícula y se permite que su tarea sea suplida por cualquier ciudadano. Una informe de Diario Judicial pone bajo la lupa la actualidad de la tarea de estos profesionales y del Colegio de Procuradores, la asociación civil que los nuclea y que va camino al centenario.
Cuando un ajeno entra al Colegio de Procuradores de la Capital Federal, ubicado al fondo del subsuelo del Palacio de Justicia, parece que el tiempo no transcurrió desde su creación, hace 98 años. Siente que esta subsumido en el ambiente de “El Secreto de sus Ojos”, la película de Juan José Campanella que ganó el Oscar en 2010 y que retrata la vida de los Tribunales en la década del ’60.
En la biblioteca Antonio Bermejo, administrada por el Colegio, se pueden ver libros con tomos que datan de los años 40, 50 y 60 prolijamente encuadernados, que conviven con una mesa amplia en la que el vicepresidente del Colegio, Eduardo Testagrossa Ríos, recibe a Diario Judicial y lo pone al tanto de la actualidad de esta profesión, esencial hace décadas para la correcta administración de justicia, y que hoy se ve vilipendiada.
“El procurador es un licenciado en derecho inscripto en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y es el representante procesal del justiciable”, explica Tesagrossa Rios, con cierta desazón. Y El procurador en la Capital Federal es el que menos incumbencias públicas tiene, ni siquiera maneja su propia matrícula”, se queja a continuación.
Los números no mienten, contra los casi 100 mil matriculados al Colegio Público de Abogados Porteño, la matrícula de procuradores – que maneja la Corte Suprema - no supera los mil, “y en el Colegio de Procuradores, que funciona como asociación civil, no más veinte están activos”, explica el único empleado de la centenaria institución.
Existen diferencias con otras provincias, Mendoza y Salta, entre otras, tienen un Colegio “de Abogados y Procuradores”. “Pero aquí no tenemos muchas facultades, en la provincia de Buenos Aires, por ejemplo, el procurador está habilitado a firmar cédulas y oficios”, cuestiona el vicepresidente.
Una profesión que se ejerce sin matricula
El estudiante de derecho promedio que busca ganar experiencia en el ejercicio de la profesión de abogado tiene dos salidas posibles: o ingresa a la Justicia o comienza a trabajar en un estudio jurídico y se convierte en procurador. En este último caso, su rutina será la de ir a los juzgados, revisar el expediente, dejar cédulas, escritos, retirar copias e informar al abogado del trámite del expediente. Para casos de estudios jurídicos con demasiada extensión de causas, el procurador se convierte en “los ojos del abogado en el expediente”. Pero existen procuradores que nunca cursaron una materia de la carrera de abogacía.
Ese postulado es como una estaca en el corazón de los procuradores: “el título de procurador es expedido por Universidades y necesita matrícula, y hoy para poder ver un expediente se necesita sólo una autorización y mostrar el DNI. ¡Ni siquiera se exige saber leer y escribir!”, critica un apenado Testagrossa.
La legislación, en los últimos años, no viene ayudando a la tarea del procurador. Desde 2001 opera una modificación del Código Procesal Civil que dispone que una parte queda notificada de una presentación cuando la copia de la misma sea retirada por la parte, apoderado “o persona autorizada en el expediente”.
Ese aspecto es duramente criticado por los procuradores porteños, ya que ni siquiera se exige para ver un expediente a alguien con mínimos conocimientos en derecho. Anteriormente, el viejo artículo 120 establecía que las copias de escritos “sólo serán entregadas a la parte interesada, su apoderado o letrado que intervenga en juicio, con nota de recibo”
Ese simple aspecto, ese detalle en la redacción de la norma procesal, implica una marcha atrás en la tarea del procurador y, más allá, del joven abogado. “Estos no se ven requeridos por los estudios jurídicos, son reemplazados por estudiantes o por agencias”, señalan desde la asociación, que recuerda los tiempos dorados de la profesión, cuando tanto el letrado como el procurador, tenían que acreditar un poder para representar a un justiciable.
El sueño de la colegiación propia
El destrato sigue. La última reforma a la Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires exige que los convenios de honorarios sean certificados por el Colegio de Abogados o el de Procuradores. “Si no existe el Colegio de Procuradores, nunca se dictó una ley de colegiación” se lamenta Testagrossa.
Esa falta, igualmente, se encuentra en vías de ser solucionada. Días atrás se presentó en la Legislatura de la Ciudad un proyecto de Ley que salda esta deuda histórica, creando el Colegio de Procuradores de la Ciudad de Buenos Aires y estableciendo que para ejercer la profesión deberán matricularse. Es más, los abogados matriculados en el CPACF también deberán matricularse como procuradores.
El proyecto permite que los procuradores utilicen su firma para presentar escritos “que tengan por objeto impulsar el procedimiento”, pueden ser tanto los de mero trámite como acusar rebeldías e incluso interponer apelaciones. El texto también permite que los procuradores puedan asistir a audiencias, con la expresa autorización del abogado patrocinante.
El título de procurador, que algunos estudiantes de Derecho a pocas materias de recibirse de abogados ni siquiera buscan tramitar, será obligatorio de presentar, en caso de aprobarse el proyecto, que también crea sus propias autoridades: El Consejo de Procuradores, la Comisión Fiscalizadora de Cuentas y el Tribunal de Conducta.
“Se busca que esta profesión tenga el prestigio que tiene en otras partes del mundo”, le manifiesta el vicepresidente del Colegio de Procuradores a Diario Judicial, mientras le acerca un ejemplar de la revista del Colegio de Procuradores de España, que tiene en su tapa a las autoridades de la institución junto con el presidente de gobierno español, Mariano Rajoy, quizás así se haga efectivamente el lema que sostienen los procuradores, que se definen como “el representante procesal del ciudadano”.