20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Procuremos que no haya "Ni una menos"

En el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, aprobó una guía de actuación en casos de violencia doméstica contra las mujeres. El documento busca "adecuar la actuación del organismo a los estándares internacionales de derechos humanos".

El 25 de noviembre de 1960 fueron brutalmente asesinadas tres activistas políticas, por orden del régimen de Rafael Trujillo en República Dominicana. En conmemoración y en la defensa de los Derechos Humanos, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró la fecha como el "Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres".

En este marco, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, aprobó hoy una "guía de actuación" en casos de violencia doméstica contra las mujeres, elaborada por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y la Dirección General de Políticas de Género (DGPG), con la colaboración de fiscales del fuero nacional y la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC).

Según sus fundamentos, el documento presente ser una "herramienta para fortalecer la intervención de los representantes del Ministerio Público Fiscal de la Nación en casos de violencia doméstica contra las mujeres", y también un "instrumento de política criminal orientado a adecuar la actuación del organismo a los estándares internacionales de derechos humanos que comprometen al Estado argentino en la persecución y sanción de la violencia de género y la protección de las víctimas".

La guía recomienda que, al comienzo de la investigación, las fiscalías "deben certificar si existen otras causas penales iniciadas por denuncias previas que involucren al mismo imputado o a la misma víctima". Asimismo, establece que "deben tenerse en cuenta los datos registrados en el sistema informático del MPF, la CSJN, la OVD, el Ministerio Público Fiscal de la CABA y en las comisarías con jurisdicción en el domicilio de la víctima y en otras localidades si correspondiere".

El material indica las "medidas de prueba complementarias" que se pueden producir o solicitar siempre que sean pertinentes de acuerdo a la teoría del caso definida por la fiscalía. "La violencia doméstica contra las mujeres ocurre en el contexto de relaciones interpersonales que pueden durar mucho tiempo. Por lo general, los episodios de violencia física o sexual más graves están precedidos de otras situaciones de violencia y maltrato", añade el documento.

También plantea la "acumulación de las causas existentes por violencia doméstica" que involucren al mismo imputado y la misma víctima, salvo que su estado procesal no lo permita. Según informó la organización La Casa del Encuentro, en lo que va del año 230 mujeres y niñas fueron asesinadas solo por su condición de género. 

Además, recomienda a las fiscalías "solicitar al tribunal que evite el encuentro entre la víctima y el imputado antes del juicio, para lo cual se deben disponer salas de espera separadas", y también "evitar cualquier encuentro entre la denunciante y los familiares del imputado".

Entre los puntos más importantes, el documento resalta que "cuando la víctima preste declaración en el juicio, los fiscales deben conducir su interrogatorio con perspectiva de género, teniendo en cuenta su situación particular y respetando sus tiempos y su pudor", y concluye: "Las líneas de interrogatorio se deben dirigir a probar el hecho juzgado, sus antecedentes, el contexto de violencia doméstica y las características del vínculo entre la víctima y el agresor". 


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