20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Al bullying lo combatimos entre todos, pero el Estado primero

En una causa por agresiones en un colegio, el juez penal de menores de Catamarca, Rodrigo Morabito, instó al Poder Ejecutivo provincial que reglamente la Ley Antibullying. “Resulta fundamental que la escuela concientice a los estudiantes y a sus familias sobre la violencia”, aseguró el magistrado.

Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial
Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial

Por un caso de abuso en una escuela, un juez penal de Catamarca instó a las autoridades a reglamentar la Ley Antibullying. La decisión fue adoptada por el magistrado Rodrigo Morabito, quien sobreseyó a un joven que agredió a su compañero y le produjo una fractura en el dedo.

La causa se había iniciado gracias a una denuncia formulada por la madre del adolescente, “víctima de violencia física propinada por otro adolescente del establecimiento educativo al que concurren”. Según consta en el expediente, el hijo de la denunciante hijo quebradura de dedo meñique.

Como una metáfora de estos tiempos, el episodio violento fue filmado y el video circulando por las redes sociales. El relato de uno de los compañeros del colegio es estremecedor. La pelea se dio entre J.C. y Z.C., según el testimonio,  Z. le pegó una piña en la cara a J.C., “después J.C. lo pilló a C.Z. y le empezó a pegar rodillazos por todas partes, lo volteó y en el piso le empezó a pegar piñas en la cara, C. se quiso levantar pero J. lo empujó un poco y C. cayó unos dos escalones (que están antes de entrar a un curso), ahí fueron varios chicos a separarlos”.

Los hechos tomaron conocimiento público tras la publicación en redes sociales de la pelea, y la institución educativa tomó cartas en el asunto: sancionó al chico que público el video. Las familias de los chicos también. Por las lesiones tuvieron que intervenir quirúrgicamente a Z, y los padres del chico le solicitaron a los del agresor que lo ayuden con los gastos que ello  implicó.

Ante tamaño conflicto, que se tradujo en la formación del expediente “C.J.A. (16 años) s.a. Lesiones Leves en calidad de autor (Arts. 89 y 45 del C.P)”, el jmuez Morabito trató de darle cauce institucional a la cuestión. En su fallo, el magistrado explica que la violencia entre adolescentes que se origina en los establecimientos educativos “y que en la generalidad de los casos culminan con consecuencias punitivas, es una contingencia que requiere de una intervención inmediata, integral y sostenida en el tiempo por parte del Estado”.

Ante ese escenario, y teniendo presente que el propio gobierno de Catamarca sancionó la Ley Ahora la Ley N° 5.402 titulada: “Exclusión del Maltrato y Promoción de la Cultura de Paz en la Comunidad Educativa”, Morabito ordenó al Poder Ejecutivo – encarnado a estos efectos en el Ministerio de Educación, que reglamente la norma, que se publicó en el Boletín Oficial a principios de 2015, y en cuyo texto se impuso la obligación de reglamentarla dentro de los 90 días de publicada

La norma establece sus objetivos claros “) Prevenir, identificar, intervenir, suprimir y sancionar el maltrato dentro del ámbito escolar de gestión pública y privada, en sus distintos niveles y modalidades; b) Ofrecer medios accesibles para la recepción de las denuncias de maltrato; c) Resguardar la integridad física, psíquica y social de las personas involucradas en los hechos de maltrato que integran la comunidad educativa; d) Generar un ámbito participativo en el tratamiento de la denuncia”, entre otros puntos

El juez señaló que el caso se origina dentro del establecimiento escolar debido a una circunstancia en particular: “una simple burla”, y se alarmó por “la escasa tolerancia que hoy existe entre los adolescentes en los establecimientos educativos o en otros lugares por donde transitan que ante una broma recurren rápidamente a la violencia”. Morabito advirtió la seriedad del asunto, al afirmar que “tal violencia, en muchas ocasiones y sin ánimo de sonar trágico, podría culminar en un desenlace fatal”.

En ese contexto, el juez de menores consideró  que para poner fin a la violencia “se requiere de la participación activa de la sociedad” y, sobre todo, de la mencionada comunidad educativa. “La escuela debe intentar sensibilizar a estos sectores invitándolos a participar de debates y jornadas de reflexión. Es necesario, garantizar que los docentes hayan sido adiestrados y estén en condiciones de enfrentarse al grave problema de que varios niños de su aula hayan sido víctimas o testigos de violencia”, destaca la resolución.

Para Morabito, en definitiva, resulta fundamental que la escuela “concientice a los estudiantes y a sus familias sobre la violencia, utilizando programas de prevención y tratamientos de la misma”. Considera, en ese sentido, que es trascendental hablar sobre la violencia, que se establezcan alianzas con la comunidad y una “participación activa de los alumnos y padres”.


Aparecen en esta nota:
bullyng escuela antibullyng

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Un flagelo que sigue creciendo en nuestro país
San Luis: Un protocolo para combatir el "bullying"

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486