Una mujer denunció que le sustrajeron información de su perfil y gracias a ellos se crearon cuentas falsas con su nombre en Tinder, Instagram, Badoo y Waplong. El perfil falso le costó la constante recepción de amenazas. La Justicia Civil y Comercial Federal ahora rechaza concederle una medida autosatisfactiva para el bloqueo de los enlaces.
El pedido de una mujer para que la Justicia le ordene a Google el bloqueo de perfiles falsos con su nombre en casi todas las redes sociales fue rechazado por la Justicia, que considera que una medida de tal índole no debe ser dictada inaudita parte.
El debate surgió en el marco de autos “M.N.M. c/ Google Argentina S.R.L. s/ Medida Autosatisfactiva”, donde la mujer había solicitado que se ordene al motor de búsqueda que bloquee perfiles que se refieren a su persona de la página "badoo.com" o "waplong.com", y de la dirección de correo electrónico que se le atribuye en redes sociales como "Tinder", "Adobe" e "Instagram".
La actora manifestó que esos perfiles y cuentas “han sido creados y colocados en tales páginas por personas que sustrajeron sin su consentimiento datos personales de otras páginas web”, como Facebook, y trucaron fotografías, creando “fakes” con “referencias inexactas de su persona”.
Incluso formuló una denuncia penal en relación con Badoo.com, que fue archivada. La misma se inició por ser “hostigada, intimidada y amenazada telefónicamente”, luego de ello descubrió la creación de otro perfil falso en Waplong.com.
El pedido fue rechazado en primera instancia pero luego la Cámara, integrada por los magistrados María Susana Najurieta, Ricardo Guarinoni y Francisco de las Carreras, revocó la decisión, aunque igualmente no concedió la cautelar solicitada.
Los camaristas entendieron que, teniendo en cuenta el contenido de la medida solicitada “y la complejidad técnica que podría traer aparejada su ejecución”, se imponía en el expediente “su sustanciación con la destinataria”. Por lo que correspondía que Google intervenga en el proceso antes del dictado de cualquier medida.