26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Testigos con memoria selectiva

En un juicio por despido entre la portera de un edificio y el consorcio de propietarios por irregularidades en la registración del contrato laboral, los testimonios de los dueños de los departamentos fueron extraños: se acordaban exactamente la fecha de ingreso pero no la del despido. Por eso, la Justicia valoró parcialmente las declaraciones e hizo lugar a la demanda.

La prueba testimonial es fundamental para probar que hubo – o no- que un contrato de trabajo fue registrado de manera irregular, o como ocurrió en el caso “F. R., Elvia c/ Consorcio de Propietarios Lautaro 382 s/ Despido”, donde se discutía la real fecha de ingreso de la accionante. Es que las declaraciones de los propietarios de los departamentos inciden directamente en el resultado del juicio.

No obstante, la Justicia del Trabajo consideró que esos testimonios debían de analizarse con cuidado, ya que los dueños de los inmuebles tienen “un interés implícito” en el resultado del juicio. Cómo no tenerlo, si en caso de que se ordene una indemnización, son los que deberán sacar dinero de su bolsillo.

En ese contexto, la Sala I de la Cámara del Trabajo ratificó la condena por despido y diferencias salariales impuesta en Primera Instancia, al entender que la accionante logró probar que ingresó antes de la fecha en la que registraron su contrato.

Para llegar a ese resultado, las magistradas Gloria Pasten de Ishiara y Graciela González le dieron preminencia a los testimonios de los propietarios, pero no de la manera en la que la demandada esperaba. A las magistradas les pareció extraño que los testigos se acuerden exactamente de la fecha en la que la actora ingresó – que había sido unos años antes- pero no del día en el que se fue.

Para las camaristas, al tratarse de propietarios de departamentos del mismo edificio demandado, los testigos “tienen implícitamente un interés en el resultado del presente juicio”, y ello se observó especialmente cuando afirmaron “con precisión la fecha en que habría ingresado a trabajar la actora aunque sin dar ninguna razón de sus dichos ni explicar cómo es que recuerdan dicha fecha –lejana en el tiempo- y no con tanta certeza la de la extinción que ocurriera en fecha más próxima, todo lo cual deja entrever un intento de beneficiar la postura accionada”.

Las declaraciones determinantes para el caso fueron, por el contrario, las de los comerciantes y vecinos al edificio, a las que el Tribunal le otorgó plena validez ya que “interrelacionaban con la trabajadora y sus tareas”.


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