El Superior Tribunal de Justicia de Formosa aprobó diversas modificaciones al régimen de licencias e incorporó como novedad la "Licencia Laboral por Violencia de Género". Dicha licencia será concedida por el STJ a quien fuere "víctima de violencia de género en los términos del artículo 4º de la Ley 26.845 y deba ausentarse de su lugar de trabajo por tal motivo debido a su situación física o psicológica". En igual sentido se procederá con las impuntualidades. De este modo, el Alto Tribunal se obliga a "preservar el resguardo de la intimidad del agente víctima de violencia de género, quien deberá en su solicitud acompañar copia de la exposición presentada ante la autoridad competente en materia de violencia de género". También se dispone que el agente judicial víctima de violencia de género, podrá solicitar la"reducción de la jornada laboral de manera temporaria o la reordenación del mismo, debiendo obrar además en la esfera administrativa un dictamen del equipo interdisciplinario de la Oficina de Violencia Intrafamiliar".