04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

El cannabis medicinal es ley

El Senado de la Nación aprobó por unanimidad el proyecto que contempla el uso terapéutico del cannabis para el tratamiento de diferentes patologías y su investigación médica y científica. A partir de ahora, el Estado será el encargado de proveer la sustancia a quienes lo requieran.

Por:
Cindy
Monzón
Por:
Cindy
Monzón

Con 58 votos a favor y 0 en contra, la Cámara de Senadores de la Nación convirtió en ley le proyecto de Cannabis medicinal que aprueba el tratamiento con esta sustancia de enfermedades específicas y promueve la investigación médica y científica. En noviembre del año pasado obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados.

El proyecto establece, en su primer artículo, “un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico o paliativo del dolor de la planta de Cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud".

También contempla la creación de un “Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales”, que deberá funcionar bajo la órbita del Ministerio de Salud y, de esa manera, “garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del Cannabis” a quienes lo requieran e “investigar los fines terapéuticos y científicos de la sustancia".

Uno de los puntos más cuestionados de la ley es que no contempla el auto-cultivo de cannabis, por lo tanto el Estado deberá ser el garante de proveer el componente y el Poder Ejecutivo será en el encargado de nombrar a la autoridad de aplicación. Para el cultivo y preparación de la sustancia, se preve que los nombrados sean el Conicet y el INTA.

En ese marco, el artículo 7 del proyecto autoriza a la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) a importar aceite de Cannabis y sus derivados hasta que el Estado este en condiciones de proveer. Asimismo, "se priorizará y fomentará la producción del aceite a través de los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP (Agencia Nacional de Laboratorios Públicos)".

En el último tiempo, muchos fallos judiciales obligaron al Estado Argentino a importar la sustancia de Estados Unidos para pacientes que requerían este tipo de tratamiento. Por otra parte, Córdoba y Mendoza fueron las primeras provincias en convertir este proyecto en ley.

Quienes necesiten acceder a tratamientos de este tipo deberán anotarse en el “registro nacional voluntario” y serán evaluados por el “consejo consultivo honorario”, integrado por instituciones, asociaciones, ONGs y profesionales del sector público y privado.

Según establece el texto, la reglamentación no deberá demorar más de 60 días y el Ejecutivo deberá informar las partidas presupuestarias para cumplir con la ley.

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486