20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
El juzgado bonaerense más codiciado de cara a octubre

La subrogancia electoral es una caja de sorpresas

La Cámara Federal de La Plata concedió con efecto suspensivo la apelación a la cautelar que había suspendido la designación del juez Juan Manuel Culotta como subrogante en el Juzgado Federal N° 1 de La Plata en materia electoral. La resolución allana el camino a Culotta para asumir en la vacante clave que deberá monitorear los próximos comicios legislativos en la provincia de Buenos Aires.

La Cámara Federal de La Plata le dio un respiro al Consejo de la Magistratura de la Nación, al conceder con efecto suspensivo la apelación a la cautelar que había suspendido la designación del juez Juan Manuel Culotta como subrogante en el Juzgado Federal N° 1 de La Plata en materia electoral.

La resolución se dio a pocas horas de conocerse que el juez federal Alberto Recondo rechazó levantar la medida cautelar contra el nombramiento de Culotta, en el marco de una presentación de la Asociación Civil Abogados por la Justicia Social de La Plata (AJUS).

Recondo manifestó que la Ley 26.854 establece que “el recurso de apelación interpuesto contra la providencia cautelar que suspenda, total o parcialmente, los efectos de una disposición legal o un reglamento del mismo rango jerárquico, tendrá efecto suspensivo (…)”, pero advirtió que por la “gravedad institucional, y los alcances de la resolución impugnada” debe serlo con “efecto devolutivo”.

Frente al revés judicial, el Consejo de la Magistratura presentó un recurso de queja y alegó que “debió concederse con efecto suspensivo el recurso de apelación que dedujo contra la suspensión cautelar”.

La Cámara Federal de la Plata le dio la razón al Estado Nacional y, en consecuencia, concedió con efecto suspensivo la apelación a la medida cautelar que frenó la designación en el estratégico juzgado de La Plata. Dicha dependencia es clave, ya que tiene competencia electoral en la provincia de Buenos Aires y está vacante desde septiembre de 2014, cuando falleció su titular, Manuel Humberto Blanco.

“La invalidez constitucional de dicha norma no fue planteada por las partes ni declarada por el juez de grado; sin embargo, el a quo decidió no aplicar la ley por la gravedad institucional de las circunstancias motivo de autos y el mantenimiento del orden institucional”, indicaron los magistrados Julio Reboredo, Carlos Compaired y Roberto Agustín Lemos.

De este modo, los camaristas advirtieron que “si bien el magistrado de primera instancia ha hecho referencia a tales principios republicanos y democráticos en el caso decidió no aplicar una ley vigente, sin haber declarado previamente su inconstitucionalidad, única razón que obstaría al vigor de una norma jurídica”.

“Más aún cuando la decisión de invalidar una norma comporta la ultima ratio del orden jurídico, a la que sólo cabe acudir cuando no existe otro modo de salvaguardar algún derecho o garantía amparado por la Constitución, si no es a costa de remover el obstáculo que representan normas de inferior jerarquía”, concluyó el Tribunal.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Consejo de la Magistratura de la Nación
Sale Servini, entra Culotta
¿Quién será el juez que revisará las listas en Provincia?
La batalla por el juzgado clave de las elecciones

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486