La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal no hizo lugar a tres quejas interpuestas por las defensas de Lázaro Báez y Martín Báez contra entrega de los rodados y maquinarias de las empresas “Austral Construcciones” y “Kank y Costilla” a la Dirección Nacional de Vialidad, en carácter de depositario judicial. Los jueces Gustavo Hornos, Mariano Hernán Borinsky y Liliana Catucci advirtieron que "la decisión recurrida en casación –confirmación de una medida cautelar-, no cumple, en principio, con el requisito de impugnabilidad objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N., ya que no se trata de una sentencia definitiva o equiparable a tal, ni de un auto que pone fin a la acción, a la pena o hace imposible que continúen las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena". En la causa, Lázaro y Martín Báez se encuentran procesados por el delito de lavado de activos, en el marco de una investigación por presuntas maniobras a través de la financiera SGI, con el fin de sacar del país sumas millonarias en dólares presuntamente originadas en el uso de facturación apócrifa, en perjuicio del Estado Nacional.