20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
La protección a las mujeres es una cuestión parlamentaria

Ni una ley menos

El Senado aprobó y giró a Diputados un proyecto para proteger a las mujeres víctimas de violencia de género. Por un lado, se prevé la ayuda económica para que la mujer pueda independizarse de su agresor y, la otra iniciativa, pone foco en los agentes de seguridad que son denunciados por violencia.

Por:
Cindy
Monzón
Por:
Cindy
Monzón

La Cámara de Senadores de la Nación le dio media sanción al proyecto de ley de protección a las mujeres que presentó la legisladora Sigrid Kunath. La iniciativa preve una compensación económica para ayudar a las mujeres a independizarse de su agresor y, por otra parte, un protocolo de actuación para los miembros de la fuerza que son denunciados por violencia de género.

Específicamente, uno de los proyectos propone “crear una ayuda económica destinada a las mujeres que como consecuencia de situaciones de violencia de género en el ámbito convivencial carezcan de recursos económicos para subsistir e independizarse del agresor”.

Para ello, se creará un “programa como complemento necesario del beneficio económico que tendrá por fin principal el de la formación en diversos oficios y la capacitación de las mujeres para dotarlas de aquellas herramientas y recursos que les permitan insertarse de manera competitiva en el mercado laboral”.

El otro proyecto aprobado busca “establecer un mecanismo de prevención para aquellos casos donde un agente de alguna fuerza de seguridad sea denunciado como presunto autor de un hecho de violencia de género o familiar y de acción a través de la quita del arma reglamentaria”. Abarca también a los miembros de las Fuerzas Armadas y del Servicio Penitenciario Federal.

Con esta iniciativa se busca incorporar en el artículo 11 de la Ley 26.485 -de Protección Integral de la Mujer- el desarrollo de un plan de acción, que incluya exámenes psicofísicos, el seguimiento psicológico y medidas de prevención, para los agentes de las distintas fuerza denunciados por violencia contra las mujeres.

Asimismo, se intenta incorporar el artículo 27 bis que “en los casos en que el presunto agresor sea agente de alguna fuerza policial o de seguridad, de las Fuerzas Armadas o del Sistema Penitenciario Federal el juez deberá, en forma urgente, poner el hecho en conocimiento del órgano del cual depende y deberá, asimismo, ordenar el inmediato retiro del arma de dotación del agente denunciado por el plazo que éste determine”. 

Aparecen en esta nota:
protección a las mujeres senado

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