La Justicia de Formosa dispuso una serie de medidas especiales para proteger a una víctima de violencia de género ante el hostigamiento de su ex pareja mediante la publicación de fotos y videos íntimos en Facebook. Los jueces señalaron que los agresores utilizan el "anonimato" con el fin de "ridiculizar, humillar y hostigar a la víctima".
El Tribunal de Familia de Formosa decretó la prohibición de acceso y acercamiento al hogar a un hombre, quien fue denunciado por hostigar a su ex pareja mediante la publicación de fotos y videos íntimos en Facebook. También le ordenaron abstenerse de publicar fotos, videos y comentarios en la red social, en el marco de los autos “T. A. E. C/L. C. M. S/ Violencia Familiar".
La víctima se presentó ante la Oficina de Violencia Intrafamiliar para denunciar a su ex pareja por violencia familiar a raíz de una serie de publicaciones en Facebook, con el argumento de que “afecta su honra y dignidad, causándole humillación y maltrato psicológico ya que las publicaciones consisten en fotos intimas”.
El Tribunal formoseño encuadró el caso bajo la Ley de Protección Integral a la Mujer (26.485), y explicó que los agresores utilizan las redes sociales porque "les permite el anonimato y llegar a tantas personas posibles con el fin de ridiculizar, humillar y hostigar a la víctima”.
“Hoy en día las redes sociales -Facebook, Twiter, Instagram- se han convertido en uno de los principales medios de comunicación on line, que son utilizados con frecuencia pero que su mal uso puede acarrear riesgos e incluso afectar a terceros”, continuó el fallo.
En este sentido, los magistrados recalcaron que “uno de los principales problemas en las redes es la publicación sin reparos de fotos o videos comprometedores o íntimos que de alguna u otra manera tiene como único fin dañar o perjudicar la reputación del otro/a o bien los sentimientos ajenos, mediante la burla, el acoso o el chantaje sexual”.
Los jueces consideraron que las víctimas “sufren daño psicológico” y viven una "situación de estrés". "Los agresores usan tecnologías, robando sus datos preciados, creándoles falsas identidades, hackeando sus claves, cuentas o sitios web o cuentas, vigilando sus actividades o movimientos”, añadieron los vocales.
Para la Justicia, "se ha dañado el honor de la denunciante, siendo este uno de los principales bienes espirituales que el ser humano siente, valora y sublima, colocándolo dentro de sus más preciadas dotes, por lo que se configura un íntimo sentimiento que debe ser respetado por todos, más aún por quien alguna vez fue su pareja y es el padre de su hijo”.
Por consiguiente, además de las medidas especiales para proteger a una víctima, el Tribunal ordenó a la empresa Facebook la “inmediata eliminación de todo contenido o dato referido” a la mujer y su familia. "La Empresa debe abstenerse en el futuro de habilitar el uso de enlaces, blogs, foros, grupos, sitios de fans que injurien, ofendan, agredan, vulneren o menoscaben la intimidad personal de la denunciante", concluyó.