La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires declaró "abstracto” el tratamiento de un recurso de apelación planteado por la defensa del CEO de la empresa de trasporte UBER, contra la medida cautelar dictada por la jueza de grado Claudia Alvaro, mediante la cual se ordenó a las empresas prestadoras del servicio de tarjetas de crédito que "se abstengan de habilitar puntos de venta de la UBER y/o realizar cualquier actividad que le permita y/o facilite a la empresa llevar a cabo sus transacciones". En sus fundamentos, el Tribunal reiteró que “se encuentran comprometidas las condiciones de seguridad y funcionamiento del servicio que se pretende explotar en la ciudad”.