El gobernador de Santa Fe, Miguel Lifschitz, envió a la legislatura el proyecto de ley de juicio por jurados para juzgar delitos penados con prisión perpetua y otros considerados graves. Será la cuarta provincia en incorporar esta modalidad después de Buenos Aires, Córdoba y Neuquén.
El Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Miguel Lifschitz y su Ministro de Justicia, Ricardo Silberstein, enviaron a la Legislatura el proyecto de ley de juicio por jurados. De esta manera, se convierte en la cuarta provincia en incorporar esta modalidad de juzgamiento después de Buenos Aires, Córdoba y Neuquén.
Según el proyecto presentado, la modalidad de juicio por jurados será obligatoria para delitos penados con prisión perpetua y algunos considerados graves, como los ataques a la integridad sexual. De la misma forma que en el resto de las provincias, se elegirán 12 personas para integrar el jurado y se las seleccionará a través de un sorteo del padrón electoral.
"Sin dudas esta mecánica le dará más confiabilidad a las decisiones de la Justicia en causas resonantes y mayor transparencia a uno de los poderes más cuestionados por la sociedad, como lo es el Judicial. Vamos a instituir un jurado popular objetivo y autónomo", expresó el gobernador.
El proyecto ingresó por la Cámara de Diputados y se espera que este aprobado antes de fin de año para que pueda ser implementado en el 2018.
Por su parte, el ministro de Justicia, Ricardo Silberstein habló de un proyecto "de vanguardia" y "el más avanzado del país", ya que "la diferencia sustancial con lo que sucede en otras provincias, como Buenos Aires, es que en esta iniciativa se contempla que para dejar sin efecto la sentencia todas las partes tienen que estar de acuerdo".
Otra diferencia que muestra la iniciativa santafesina es que será el juez el encargado de fijar la pena y el jurado sólo se limitará a condenar al imputado. En relación a las apelaciones, Silberstein destacó que "estarán muy restringidas, ya que todas las partes deben estar de acuerdo, lo que lo posiciona como un proyecto de vanguardia".
Por último, para que haya condena los 12 miembros del jurado deberán estar de acuerdo. Si esto no sucede, en segunda instancia podrá haber fallo si hay 10 votos concordantes. Si aún así no se logran los votos necesarios, entonces se llegará a una tercera instancia tras la cual, de no haber 10 votos, el acusado quedará absuelto.