La Cámara Civil y Comercial de Neuquén confirmó la indemnización por daño moral a una docente que sufrió lesiones como consecuencia de un accidente de tránsito cuando era transportada por una empresa de larga distancia. El fallo consideró que el hecho "detonó sentimientos de desesperación, ahogo y pánico".
La Sala Segunda de la Cámara Civil de Apelaciones de Neuquén confirmó la sentencia de grado que condenó a una empresa de transporte de larga distancia por el daño moral que sufrió una docente como consecuencia de un accidente de tránsito, en oportunidad en que la actora era transportada por la demandada.
En los autos “C. S. I. C/ Nueva Chevallier S.A. S/ D. y p. x resp. extracont. de part.”, los camaristas Federico Gigena Basombrio y Patricia Clerici estimaron que el monto fijado por la jueza de grado para reparar el daño moral “no resulta elevado”.
En este sentido, el Tribunal destacó que “consecuencia del hecho dañoso la actora estuvo internada aproximadamente una semana, que luego tuvo que utilizar un corsé durante cuatro meses, que la rehabilitación se prolongó durante un año y que, no obstante ello, todavía utiliza el corsé en forma intermitente”.
Según el testimonio de la demandante, el colectivo "volcó en al ruta”, por lo que quedó “atrapada entre asientos y equipajes”. La mujer también refirió “haber estado entonces en un lugar oscuro y sin posibilidad de moverse o huir”.
“Esto detonó sentimientos de desesperación, ahogo y pánico”, refirió la actora y recordó los “gritos y llantos de los demás pasajeros” producto del accidente de tránsito.
Además, la mujer explicó que “el accidente tuvo adversas consecuencias no sólo en su salud sino también en el ámbito laboral, dado que las ausencias prolongadas como producto de licencia laboral otorgada, habrían sido la causa de su despido, según dice la entrevistada”.