La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca admitió una acción de habeas corpus y ordenó la atención psiquiátrica urgente de un interno que se encuentra bajo tratamiento farmacológico.
En los autos “R., J. L. s/ habeas corpus”, un preso interpuso una acción de habeas corpus porque no recibía atención psiquiátrica, motivo por el cual denunció a la psiquiatra de la unidad y al director, dado que él era consciente de que había estado 4 años en un psiquiátrico.
El demandante adjuntó a la causa un informe psicológico que sostiene que tiene antecedentes de tratamiento psiquiátrico y actualmente se encuentra con plan psicofarmacológico. Asimismo, la psicóloga puso en conocimiento que el establecimiento “no cuenta con profesional en Psiquiatría que pueda evacuar la demanda permanente".
Frente a ello, los integrantes del Tribunal sostuvieron que la decisión del juez de grado de rechazar el pedido del interno fue equívoca al sostener que no reunía los requisitos mínimos y necesarios de admisibilidad y que no se trata de un agravamiento ilegítimo en sus condiciones de detención.
En esa línea, los jueces agregaron que si bien se advertía que no fue un psiquiatra quien elaboró ese informe “no puedo desconocer que esa penitenciaría no cuenta con un profesional en esa especialidad, siendo el mismo asistido por un psicólogo cuando así lo demande”.
Los magistrados concluyeron en que el interno no recibió en debida forma la atención que requiere y no se observa la continuidad que es dable esperar en estos casos.
Por todo lo expuesto, los camaristas resolvieron revocar la sentencia de anterior instancia y admitir la acción de habeas corpus.