La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Tucumán condenó a una empresa de bebidas a abonarle medio millón de pesos a una mujer que encontró una pila dentro de su botella de gaseosa.
Luego de ocho años de transcurrido el hecho, la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de Tucumán condenó a la empresa embotelladora Quilmes a pagarle $500.000 a una mujer que encontró una pila alcalina AAA dentro de una botella de gaseosa 7up.
Los miembros del Tribunal hicieron lugar a la demanda por daños y perjuicios interpuesta por la mujer que en el año 2009 y a los efectos de palear el intenso calor que se vive en esa zona del país, se dirigió al kiosco y luego de comprar la botella de gaseosa advirtió que había un objeto en su interior.
Los jueces sostuvieron que el hecho que en un envase conteniendo un producto destinado al consumo humano se encuentre un elemento extraño, sea o no nocivo para la salud, pone en evidencia la singular potencialidad dañosa del acontecimiento, como con secuencia de la falta de control por parte del fabricante y embotellador.
En esa línea, los magistrados afirmaron que la pila alcalina Eveready AAA llegó al interior de la botella de Seven Up de 1,25
litro por la negligencia grave y culpable de Cervecería y Maltería Quilmes.
Los camaristas Benjamín Moisá, María del Pilar Amenábar y María Dolores León Cervera resaltaron que hay que tener “tolerancia cero” en estas fallas de las líneas de producción cuando se trata de productos para consumo humano.
Fernando Colombres, el abogado que llevó adelante el caso, expresó que este caso sienta un precedente importante porque es la primera vez a nivel nacional que una demanda por daños punitivos sufridos por un consumidor llega a segunda instancia. Por otra lado, la sanción impuesta de 500.000 pesos es la más alta conocida hasta el momento.
Por otra parte, como el fallo aún no se encuentra firme, la empresa adelantó que apelará la sentencia y, de ser necesario, llegarán hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.