20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Magistratura de la Nación

Una reforma estructural

Se trata de un proyecto de ley del CPACF para reformar y ampliar el órgano encargado de la selección y acusación de jueces. La iniciativa busca restablecer el equilibrio entre los estamentos al incorporar un represente de la Corte y aumentar la cantidad de abogados y jueces. 

Un proyecto para reformar el Consejo de la Magistratura de la Nación se asoma en el horizonte. Se trata de una iniciativa impulsada por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), que cuenta con el apoyo del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y del Ministerio de Justicia de la Nación.

La propuesta busca, entre otras cosas, ampliar la cantidad de consejeros a un total de 17 miembros. En la actualidad, el órgano encargado de la selección y acusación de los jueces está compuesto 13 consejeros: 3 jueces, 2 abogados, 6 legisladores, un académico y un representante del Poder Ejecutivo.

Este es un punto central en la reforma, ya que responde a las críticas respecto a la “partidización” del Cuerpo y la preponderancia de los sectores políticos mayoritarios por sobre los restantes estamentos. La finalidad es restablecer el equilibrio entre los estamentos al incorporar un represente de la Corte Suprema de Justicia y aumentar la cantidad de abogados (4) y jueces (4).

Esta iniciativa, impulsada por la entidad presidida por Jorge Rizzo, suma dos letrados más a los actuales mediante un padrón único. También agrega un representante más por el estamento de los magistrados, perteneciendo dos de ellos al fuero federal.

Según la propuesta, los consejeros tendrán una duración de cuatro años en su cargo, con posibilidad reelección. Se establece una excepción para el representante del Máximo Tribunal, quien ocupará un año el cargo y será elegido por sus integrantes, no pudiendo ser su presidente.

El proyecto mantiene la cantidad de consejeros por el sector académico, el Poder Ejecutivo y el estamento político, pero propicia que los legisladores sean “representantes” de las Cámaras. Estos no podrán ser senadores o diputados nacionales, ni legisladores provinciales ni de la Ciudad de Buenos Aires. Este cambio busca aumentar la independencia en el ejercicio del cargo y priorizar las tareas en el órgano.

Todos los estamentos formarán parte de las Comisiones del Consejo. Esta modificación atiende el reclamo de los abogados, quienes no integran la Comisión de Selección de Magistrados, que tiene como función como competencia llamar a concurso público de oposición y antecedentes para cubrir las vacantes de magistrados judiciales, designar jurados, evaluar antecedentes de aspirantes y confeccionar las propuestas de ternas.

También pone fin a la discusión sobre los requisitos para ser consejero, al fijar las mismas condiciones que para ser juez de la Corte Suprema. Este tema fue eje de discusión en las últimas semanas, luego de que la Justicia ordenara el desplazamiento del senador del FpV Ruperto Godoy del Consejo de la Magistratura, por no contar con título de abogado.

No podrán integrar el Cuerpo aquellos consejeros que tengan procesamiento firme y tampoco los condenados por delitos de lesa humanidad o corrupción. En tanto, las personas que estén condenadas por delito doloso y delito culposo o administrativo, deberán esperar 20 y 10 años respectivamente.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486