La Cámara Civil rechazó el pedido del GCBA de declarar caduca la concesión a perpetuidad de un panteón en el Cementerio de Chacarita concedida a la Asociación Española de Socorros Mutuos de Buenos Aires.
En la causa caratulada "Asociación Española de Socorros Mutuos de Buenos Aires y otros s/ disolución de sociedad", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó el pedido del Gobierno de la Ciudad de declarar caduca la concesión a perpetuidad de un panteón en el Cementerio de Chacarita concedida a la entidad.
En la causa no se discute la propiedad del terreno, sino de todo lo construido sobre él en virtud de la concesión otorgada a la Asociación, donde se tuvo en cuenta la opinión del anterior liquidador conforme la cual no se podía transferir la concesión, sino el fondo de comercio o explotación del bien (2400 nichos y 700 urnas que conforman el panteón) evitando los daños que genera la caducidad de la concesión.
Frente a ello, los miembros del Tribunal sostuvieron que la decisión administrativa que la resolución del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, más allá del déficit sustancial en su conformación que exhibe, "resulta contraria y contradictoria con lo actuado en esta causa y se opone a decisiones que se encuentran respaldadas por la autoridad de la cosa juzgada de la que, por otra parte, no gozan los actos de la administración".
Por ese motivo, los magistrados resaltaron que "las apelaciones deben ser acogidas y dado que su imposición resulta violatoria de las garantías constitucionales derivadas de la defensa en juicio, el debido proceso y los derechos adquiridos por decisiones judiciales firmes, debe ser nulificada por carecer de suficiente fundamentación en su dictado e intentar sustraer la materia de este proceso".
Los jueces resolvieron no hacer lugar al pedido del Gobierno de la Ciudad y ordenar el cumplimiento de lo acordado en la concesión de no innovar la transferencia de lotes ubicados en el Cementerio de Chacarita.