La Justicia correntina desestimó el pedido de una pareja de Buenos Aires que reclamaba la tenencia de un menor, que estaba al cuidado de la cuñada de la madre biológica, al considerar que iba en contra de los intereses del niño.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes rechazó el recurso de apelación interpuesto por una pareja de Buenos Aires que reclamaba la guarda de un niño que se encontraba bajo los cuidados de la hermana de su madre biológica en la provincia.
El bebé había sido dado en guarda judicial provisoria a tíos maternos en Buenos Aires, pero los controles realizados arrojaron que no convivía con ellos, sino con sus cuñados, por lo que la justicia dispuso su regreso a Corrientes.
Los miembros del Tribunal sostuvieron que no se respetaron los derechos del menor, ya que "se ocultó la situación desde el inicio, al momento de comparecer sus primigenios guardadores, nada dijeron acerca de las intenciones del matrimonio, probablemente porque no las conocían".
Los magistrados añadieron que existen constancias constancia de que les fue advertida la situación irregular en la que estaban inmersos en detrimento del niño. "Así y todo sellaron su suerte al ignorar las advertencias recibidas, desobedeciendo el mandato judicial que había otorgado la guarda, sin transparentar ellos su situación ante la justicia”, expresaron.
Los camaristas coincidieron en que no negaban o descalificaban los genuinos sentimientos que invocaban los recurrentes, pero lo que debía privilegiarse era el niño y sus derechos, no los de los adultos, relegados a un segundo plano.
Y aclararon: “No pueden ignorar los reclamantes, ni les puede pasar desapercibido, que no son ellos quienes podían erigirse en guardadores, con anuencia o no de los designados”. La selección de posibles guardadores en condiciones aptas para atender las necesidades de este niño en particular era labor del Juez.