El Juzgado de Faltas absolvió a una mujer que subió a una autopista por un sector destinado al telepeaje y pasó sin pagar porque no había señalización correspondiente para optar por un carril de pago manual.
En los autos "L. V. M. s/ infracción al art. 6.1.35 de la ley 451", el Juzgado de Faltas absolvió a una mujer que subió a una autopista por un sector destinado al telepeaje y pasó sin pagar porque no había señalización correspondiente para optar por un carril de pago manual.
La mujer se quejó del excesivo valor de la multa, de $2000, cuando la suma correspondiente al pago del peaje es de $50. Asimismo, consideró injusta la infracción de la subida a la autopista por no estar bien señalizada y argumentó que le pasó lo mismo a muchas personas.
Frente a ello, los jueces resolvieron absolver a la imputada en relación al hecho consistente en violación de peaje porque si bien está acreditado que subió a una autopista por un sector en el cual sólo se podía acceder por telepeaje, en el caso no existe dolo ya que no existe la certeza de la existencia de una señalización ubicada con la anticipación necesaria para brindar la posibilidad de tomar un carril para el pago manual.
En esa línea, los miembros del Tribunal destacaron que la señalización debe ser vista desde una distancia considerable, una vez que el vehículo ingrese a la autopista.
Por otra parte, los magistrados condenaron a la conductora a abonar 450 unidades fijas por multas anteriores relacionadas a estacionamiento en lugar reservado, estacionamiento en lugar prohibido y exceso de velocidad.