04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Campaña y censura

El Juzgado Federal de Santa Fe hizo lugar a una demanda de Cambiemos y le ordenó a un candidato a diputado a cesar todos sus spots publicitarios que lo vinculen con dicho partido político.

Jorge Boasso, actual concejal rosarino y candidato a diputado nacional por el radicalismo, fue obligado por la justicia a cesar todos sus spots de campaña que puedan "provocar confusión en el electorado por aludir a la marca Cambiemos".

El titular del Juzgado, Reinaldo Rubén Rodríguez, hizo lugar a la denuncia de los representantes de Cambiemos de Santa Fe y ordenó a Boasso que cese la emisión de spots publicitarios que contengan las frases "Fuerza para el Cambio", "Acompañando a Mauricio" y "Sigamos cambiando juntos", además de "cualquier otra expresión y/o imagen similar que provoque confusión en el electorado".

Los demandantes sostuvieron que el accionar del candidato "forma parte de su estrategia electoral de confundir al electorado en forma permanente y abusiva, al pretender todo el tiempo mostrarse como el candidato de la Alianza Cambiemos y no de la fuerza política a la cual pertenece".

En ese marco, el juez explicó que Boasso pertenece al partido "Unite por la libertad y la dignidad" y la ley 23.298 prohíbe el uso del nombre del partido por parte de otro, asociación o entidad de cualquier naturaleza.

Asimismo, "el nombre de un partido deberá distinguirse razonable y claramente del nombre de cualquier otro partido, asociación o entidad", agregó.

El magistrado añadió que la ley "tiene por finalidad procurar la nítida identificación de los partidos políticos, y con ello, preservar la genuina expresión de la voluntad política del ciudadano" y está comprobado que los spots de campaña de Boasso pretenden que lo identifiquen con Cambiemos, "extremo que permite deducir que se persigue confundir a la ciudadanía en este distrito electoral".

Por último, Rodríguez resaltó que no se puede pretender que el elector activo esté lo suficientemente informado como para advertir dicha intención y, a tal punto que al no tener plena conciencia cívica, será atrapado en el cuarto oscuro en una confusión perjudicial para sí y para el sistema democrático, que en materia electoral debe trasuntar transparencia y verosimilitud. 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486