El STJ de Entre Ríos aprobó una propuesta para delimitar concretamente la competencia de los Tribunales Unipersonales de Juicio prevista en el artículo 409 del Código Procesal Penal de la provincia. De este modo, se busca “lograr el máximo rendimiento y eficacia” del proceso penal. Según la propuesta, la interpretación de los diferentes artículos del Código Procesal Penal permite inferir “sin duda alguna que en el espíritu del legislador ha estado siempre presente el monto de la pena estimado por el órgano acusador y no la pena máxima en abstracto prevista en la figura penal respectiva, para establecer la competencia del Tribunal Unipersonal”. En consecuencia, establece que “la contradicción aparente” entre distintos artículos del código “debe ser zanjada en favor del dispositivo contenido en el artículo 405 penúltimo párrafo, siendo entonces el monto de la pena estimado por la Fiscalía al momento de requerir la remisión de la causa a juicio el elemento dirimente para establecer la competencia del tribunal que intervendrá, el cual tendrá como tope máximo de la pena a aplicar, el solicitado por el Ministerio Público Fiscal”.