La Cámara en lo Criminal y Correccional ordenó la extracción de muestras de ADN a un imputado por violación, a pesar que este decidió guardar silencio durante las audiencias.
En los autos "M. G. R. s/ abuso sexual – medidas de prueba", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional ordenó la extracción de muestras de ADN a un imputado por violación, a pesar que este decidió guardar silencio durante las audiencias.
Los miembros del Tribunal sostuvieron que la extracción compulsiva de muestras biológicas del imputado para la realización de un examen comparativo ADN, "no importa una violación a las garantías constitucionales del imputado, toda vez que constituye una medida razonable y proporcional a la gravedad del hecho atribuido, máxime cuando resulta pertinente para constatar extremos de importancia para la investigación, en función del episodio pesquisado".
Los camaristas resolvieron confirmar la sentencia que obliga la extracción de muestras de ADN y grupo sanguíneo del imputado.
En la causa se busca cotejar muestras del imputado ante la posible presencia de semen en las muestras de hisopados anal y vaginal de la víctima y en la remera aportada por ella.
Si bien la defensa del demandado consideró inconstitucional la medida, los magistrados explicaron que no resulta una violación a las garantías, "máxime cuando es sabido que este tipo de procedimientos, en el ámbito forense, se realizan con arreglo a las técnicas corrientes en la medicina, sin resultar humillantes ni degradantes, y no implican riesgos para la salud del imputado".
Por todo lo expuesto, los camaristas resolvieron confirmar la sentencia que obliga la extracción de muestras de ADN y grupo sanguíneo del imputado.