21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
Daños por cortes de luz

Sin remedio para condenar a Edesur

La Cámara Federal de La Plata rechazó una demanda contra la compañía porque el demandante no pudo comprobar que los cortes de luz afectaron los medicamentos que toma para paliar su enfermedad y que deben ser conversados en la heladera.

En los autos "Cejas Raúl Eduardo c/ Edesur S.A. s/ daños y perjucios", la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata rechazó una demanda contra Edesur porque el demandante no pudo comprobar que los cortes de luz afectaron los medicamentos que toma para paliar su enfermedad.

La causa se inició luego de la denuncia de un hombre por los cortes ocurridos el 17 de febrero de 2009 por los cuales, sumados a las altas temperaturas, se arruinaron tres cajas de medicamentos valuados en $20529,02. Por ese motivo, interpuso una demanda por daños y perjuicios contra Edesur.

Los miembros del Tribunal resolvieron rechazar la demanda al considerar que el tiempo de duración de los cortes no fueron suficientes para estropear los medicamentos por lo que no se le puede ligar la responsabilidad a la empresa demandada.

El escaso tiempo de interrupción del servicio eléctrico, sumado a las prestaciones que ofrece una heladera corriente, "los cortes mentados no se erigieron como elementos idóneos para producir la consecuencia dañosa atribuida por el recurrente", resaltaron los magistrados.

"Sin desconocer la importancia que reviste la enfermedad que padece el recurrente, siendo que los cortes de luz sufridos no se aprecian per se en forma objetiva con la entidad suficiente para conmover la tranquilidad espiritual de una persona, superando el umbral de las vicisitudes que se presentan en la prestación este tipo de servicio público, tal agravio no puede prosperar", sostuvieron los jueces sobre la pretensión de indemnización por daño moral del actor.

 

 

Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486