La Cámara de Apelaciones de Azul condenó a una empresa de semillas que le vendió a una mujer un lote de granos de sorgo en mal estado y obtuvo una cantidad de alimento menor al esperado para el engorde de su ganado.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Azul condenó a una empresa proveedora de semillas por vender un lote de granos de sorgo que perdieron su poder germinativo.
En los autos "Fal María Cristina c/ Rindes y Cultivos Das SA s/ daños y perjuicios – inc. contractual (exc. estado)", una mujer interpuso una demanda por daños y perjuicios contra una empresa de semillas que le vendió una cantidad en mal estado y como consecuencia obtuvo una cantidad de alimentos menor al esperado para el engorde de su ganado.
Las pericias aportadas por los peritos ingenieros que trabajaron en el campo de la mujer damnificada, dieron cuenta que el problema en la densidad del sorgo sí estuvo determinado por la mala calidad de las semillas.
Para probarlo, la demandante presentó fotografías del campo sembrado y testimonios que dieron cuenta que las 10 bolsas de sorgo híbrido forrajero compradas para ser sembrada rindieron mucho menos de lo esperado.
Si bien la demandada se agravió al sostener que la mujer pudo fraguar las semillas compradas para luego reclamar un daño o falsificar la fotografía, los jueces consideraron que los testimonios acompañados dan cuenta de la fidelidad de las pruebas presentadas por la demandante.
Además, explicaron los magistrados, las pericias aportadas por los peritos ingenieros agronómonos que trabajaron en el campo de la mujer damnificada, dieron cuenta que el problema en la densidad del sorgo sí estuvo determinado por la mala calidad de las semillas.
Por todo lo expuesto, los miembros del Tribunal resolvieron condenar a la empresa de semillas a abonar la suma necesaria para adquirir 127,5 toneladas de materia seca de sorgo.