20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Un centro supremo

La Corte Suprema modificó el organigrama de las oficinas de Justicia y creó el Centro de Asistencia Judicial Federal. Mediante una acordada, unificó en una oficina a todos los cuerpos periciales y en otra a las Direcciones de Mandamientos, Oficios, Subastas y el Archivo General.

La Corte Suprema de Justicia inició un proyecto de reorganización interna y mediante una Acordada creó el Centro de Asistencia Judicial Federal, una nueva dependencia con autonomía funcional que tendrá “superintendencia directa” respecto de los cuerpos de peritos y las oficinas que dependen del Máximo Tribunal de la Nación.

La Acordada que da origen a la iniciativa es la 35/17, suscripta por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. La misma establece que la dependencia creada tendrá a su cargo una Oficina Pericial y otra de Servicios Auxiliares.

En la primera estarán los cuerpos técnicos periciales y “en forma directa indirectamente los organismos dependientes de éstos últimos”. La lista la integran el Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, su servicio de Morgue Judicial, el Cuerpo de Peritos Contadores de la Justicia Nacional, el Cuerpo de Calígrafos Oficiales de la Justicia Nacional y Cuerpo de Peritos Tasadores de la Justicia Nacional

En la Oficina de Servicios Auxiliares, por su parte, funcionarán la Dirección General de Mandamientos, la Dirección General de Notificaciones, la Oficina de Subastas Judiciales y Archivo General del Poder Judicial de la Nación.

La Corte dispuso que el Centro de Asistencia Judicial esté a cargo de un Director “con título idóneo al efecto cada Oficina a cargo de los funcionarios que se designen”.

Por otra parte, la acordada estipula que el centro se desempeñará con autonomía funcional de gestión respecto de la Corte, y que sus autoridades tendrán facultades “para adoptar, bajo su exclusiva responsabilidad, las decisiones conducentes al cumplimiento de sus objetivos”. Incluso podrán celebrar “los convenios que sean necesarios”, pero con conocimiento del Máximo Tribunal.

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