20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Culpa compartida

La Cámara Federal de San Martín responsabilizó parcialmente a un peatón que fue embestido por un tren al cruzar por un paso clandestino. Para los jueces, la víctima asumió el riesgo al tomar la decisión de pasar por un lugar no habilitado.

En los autos "L. F. y otros c/ Femesa s/ daños y perjuicios", la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín responsabilizó parcialmente a un peatón que fue embestido por un tres al cruzar por un paso clandestino.

Los miembros del Tribunal resolvieron que resultan responsables en forma concurrente la empresa ferroviaria, en un 80%, y el peatón embestido, en un 20%, ya que al momento del accidente el cruce peatonal no habilitado era conocido y admitido por la empresa y aun así no se habían tomado las medidas necesarias ya sea para su habilitación conforme las normas de seguridad requeridas.

Asimismo, la víctima, con el discernimiento propio de una persona mayor de edad, asumió el riesgo de intentar cruzar las vías por un paso a nivel no habilitado.

Los jueces cargaron la mayor parte de la culpa contra la empresa de trenes por no adoptar las precauciones necesarias y medidas efectivas aptas para impedir el tránsito de peatones en el paso a nivel clandestino, a fin de evitar el peligro que implicaba la utilización del mismo, como por ejemplo la colocación de un alambrado o el control por parte del personal de seguridad.

En ese sentido, los "al tratarse en el caso de un daño causado por ´el riesgo´ de la cosa, basta con que el afectado demuestre el daño causado y el contacto con aquélla, quedando a cargo de la demandada, como daño o guardián de ella, acreditar la culpa de la víctima o de un tercero por quien no deba responder".camaristas explicaron que 

Al dictar la sentencia, los magistrados condenaron a Ferrocarriles Argentinos a abonar en concepto de daño material la suma de $50.000 a la víctima y $20.000 para cada uno de los cinco hijos; por  daño moral la suma de $30.000 para su cónyuge y cada uno de sus hijos; por el daño psicológico un total de $ 1.500 y $ 2.000 por gastos de sepelio.

 

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