20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Las primeras condenas por femicidio

La UFEM analizó las primeras 50 sentencias por femicidio tras la sanción de la Ley 26.791, que reformó el artículo 80 del Código Penal. Según el informe, la provincia de Salta es la que más fallos presenta a nivel país, seguida de Córdoba, Buenos Aires y CABA.

La Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) analizó las primeras 50 sentencias por femicidio dictadas en el país desde la sanción de la Ley 26.791, que reformó el artículo 80 del Código Penal de la Nación, en noviembre de 2012.

El documento examinó la jurisprudencia de la figura del femicidio, incorporada hace 5 años en la reforma introducida al Código Penal. Según el informe, la provincia de Salta es la que más fallos presenta a nivel país, seguida de Córdoba, Buenos Aires y CABA. Estas jurisdicciones concentran 70 por ciento de las sentencias analizadas.

Respecto a las características de los autores, el documento señaló que los condenados fueron 57 varones y una mujer; mientras que se observa una edad promedio de 37 años, encontrándose el 40% de los condenados entre los 30 y los 49 años. En cuanto a la nacionalidad, los condenados son mayormente argentinos y sólo hay 2 casos de autores de femicidio provenientes de otros países de la región.

El informe destacó además que los procesos judiciales cuentan con una “importante presencia de las víctimas indirectas a través de las querellas”, y que existe una “alta aplicación de las convenciones internacionales de derechos de las mujeres”. Sin embargo, la Unidad explicó que “es muy escaso el dictado de medidas de reparación”.

También resaltó que en la mayoría de los casos hay indicadores de violencia excesiva dado que en el 63% de los casos se utilizó más de un instrumento para desplegar la agresión mortal, en el 41% de los casos concurre más de un procedimiento homicida en el mismo hecho y en el 22% se observa tratamiento del cuerpo con desprecio o intención de descarte.

Sobre la víctima, el documento indicó que “es notoria la poca información sobre ellas en las sentencias, incluso de datos básicos como su edad”, por lo que advirtió que “las características de las víctimas, en general, no serían valoradas a la hora de dictar sentencia”.

Por último, la UFEM alertó que hay una “única condena por el femicidio de una mujer trans”, y que “no hay casos de homicidios en contextos de trata ni vinculados a disputas derivadas de actividades de criminalidad organizada en general”.


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