El Tribunal Oral Criminal Nº8 de Lomas de Zamora condenó a 24 años de prisión al asesino de Melisa Tuffner, la estudiante de psicología asesinada en 2015 de dos puñaladas en la cabeza.Por que no se aplicó la figura del femicidio. La opinión de especialistas.
Por unanimidad, el Tribunal Oral Criminal Nº8 de Lomas de Zamora, compuesto por los jueces Nicolás Amoroso, Gustavo Ramilo y Alejandro Garlata, condenó a Oscar Orlando Sosa a 24 años de prisión por el homicidio de Melisa Tuffner en 2015, de dos puñaladas en la cabeza.
Sosa fue condenado por el delito de homicidio simple y le dieron un año menos de condena que lo solicitado por el fiscal del juicio, Pablo Pando.
El hecho ocurrió el 19 de julio de 2015 cuando el condenado siguió a Melisa varias cuadras por la calle, mientras ella se dirigía al centro cultural 'El Gringo Viejo'. Sosa la interceptó en una esquina, la golpeó y le dio dos puñaladas en la cabeza por la que murió tres días después en un hospital de Villa Devoto.
Andrés Bonicalzi, abogado de la Red de Victimas de Violencia, dialogó con Diario Judicial y expresó que todavía existe en la justicia, por parte de fiscales y jueces, una gran resistencia a aplicar la figura del femicidio.
Sosa participó de las marchas de pedido de justicia por el crimen de Melisa y, un mes después del hecho, fue a darle el pésame al papá de la víctima y se entregó en la comisaría.
Por qué no se habla de femicidio
Si bien estamos antes un típico caso de violencia de género, los jueces del tribunal condenaron a Sosa por homicidio simple y el agravante de femicidio nunca apareció en la causa, por más que durante el proceso se comprobó que el hombre tenía denuncias por violencia de su ex mujer y el modo en que atacó a la víctima responde a casos de este tipo.
Andrés Bonicalzi, abogado de la Red de Victimas de Violencia, dialogó con Diario Judicial y expresó que todavía existe en la justicia, por parte de fiscales y jueces, una gran resistencia a aplicar la figura del femicidio.
"A través de lo que trascendió de la causa, este podría haber sido un caso emblemático de violencia de género. Se conoció por la declaración de testigos que el condenado amedrentaba a varias mujeres del barrio", explicó Bonicalzi y añadió que "cuando tenes una persona que amedrenta de forma sistemática a mujeres, su móvil está fundado en la condición de mujer de la víctima".
"Cuando vos estás frente al homicidio de una mujer y empezás a descartar el resto de los móviles, por ejemplo descartar que se trate de un homicidio criminis causa o un hecho de robo, y te encontrás con la pregunta de por qué la mató, cuando no había razones, probablemente te encuentres con el odio hacia la mujer", resaltó el letrado.
En esa línea, el abogado agregó que por lo difícil que es demostrar ese odio subjetivo es que en los Tribunales todavía no resulta del todo permeable la aplicación de la figura del femicidio.