04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Un veto y una flor

La FACA salió a pronunciarse a favor de la nueva Ley de Honorarios para Abogados, pero se mostró en contra de los vetos parciales que efectuó el Poder Ejecutivo al promulgarla. La principal crítica: “la prevalencia de la incumbencia profesional de los profesionales  de  las  ciencias  económicas  por  sobre  los abogados  en  el  ámbito  concursal”.

Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial
Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial

La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) se sumó a los festejos por la sanción de la nueva Ley de Honorarios para Abogados, Procuradores y Auxiliares de la justicia Nacional y Federal.

A través de un comunicado expresó su “gran satisfacción” con el establecimiento de “un nuevo régimen arancelario para los abogados que actúan en la Justicia Nacional y Federal”, lo que constituía “una vieja y legítima aspiración de la abogacía”.

Sin embargo, expresó su “total desacuerdo” con el veto parcial que establece “la prevalencia de la incumbencia profesional de los profesionales de las ciencias económicas por sobre los abogados en el ámbito concursal”.

La entidad presidida por el santafecino Eduardo Massot hizo referencia al veto sobre el artículo 63 del nuevo texto aprobado a fines de noviembre, que sustituye los artículos 254 y 257  de la Ley de Concursos y Quiebras que imponían que en los procesos concursales la actuación del síndico debía desarrollarse “con patrocinio letrado obligatorio”

La FACA entiende que esa modificación es “en detrimento del debido respeto a la competencia profesional de nuestra actividad en las instancias judiciales regidas por normas jurídicas propias de nuestra formación”.

“La defensa de la profesión de abogado, de su adecuada retribución y de las incumbencias de la abogacía, han sido los fines principales que se han perseguido con la sanción de la Ley 27.423 promulgada parcialmente por el P.E.N.”, sostiene el comunicado, que a su vez remarca “el claro retroceso que significa al disponerse esa observación en la etapa de promulgación de la ley, prescindiendo de toda deliberación y consenso”.

Sobre ese aspecto, la FACA anunció que piensa “seguir bregando” para recuperar esta incumbencia profesional que los letrados nunca debieron “haber perdido” y para ello, convocó a todos los colegios de abogados a que “sumen sus voluntades y medios para diseñar una estrategia adecuada que permita alcanzar los objetivos pregonados en aras del resguardo de la seguridad jurídica y la vigencia del Estado de Derecho”.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486