La Cámara Federal de Resistencia admitió un habeas corpus a favor de un preso que se encuentra detenido sin sentencia firme y no recibe atención médica ni visitas familiares hace siete meses. Su defensa solicitó su traslado a un penal de la provincia de Corrientes.
En los autos “Sánchez, Pedro David s/ HABEAS CORPUS”, la defensa de un detenido interpuso una acción de habeas corpus para que su defendido sea trasladado a un penal de la provincia de Corrientes.
El abogado explicó que su representado no recibe atención médica hace siete meses, como tampoco goza del más mínimo acercamiento familiar. Agregó que dichas condiciones arriesgan su vida, desmejoran su salud deteriorada, profundizan las lesiones a la integridad física y violan sus derechos constitucionales.
Frente a ello, los miembros de la Cámara Federal de Apelaciones Resistencia revocaron la sentencia de grado donde el juez se declaró incompetente y ordenó que se resuelvan estas cuestiones que están signadas por la celeridad, seguridad y eficacia, tal como lo ordena la jurisprudencia.
“Las características propias de la naturaleza del hábeas corpus exigen que la averiguación sumaria indispensable para su resolución sea practicada por el magistrado con competencia en el lugar en el cual se estuviera ejecutando el acto por el cual se reclama, a fin de garantizar, con su inmediatez, la adecuada apreciación de los hechos y la celeridad en el dictado y en el cumplimiento de la sentencia", explicaron los jueces.
Por todo lo expuesto, los camaristas resolvieron ordenar la remisión de los presentes autos al Juzgado Federal de Primera Instancia de Presidencia Roque Sáenz Peña, con carácter de urgente, para que se resuelva lo antes posible.