Una enfermera de un centro de salud de la ciudad de Cáceres fue condenada por la Justicia española por dos delitos continuados de "descubrimiento de secretos cometidos por funcionario público, con las atenuantes de obcecación y reparación del daño", por haber accedido a la historia clínica del padre de sus nietos - ex esposo de la hija de la imputada- y de su esposa, para comprobar si tenian problemas de adicciones, por estar "obcecada por la seguridad de sus nietos" El Tribunal Supremo de Justicia español ratificó la condena, aunque disminuyó el monto de la pena, originariamente 3 años y 8 meses de prisión, 5 años de inhabilitación y multa de 2190 euros, a a 2 años de prisión, 4 años de inhabilitación absoluta y multa de 1.080 euros. La Sala Penal del Supremo consideró que “los estímulos tan poderosos por los que actuaba, no sólo no contrarían las normas socioculturales, sino que atienden a un bien normativo constitucionalizado como es el interés del menor, y además actúa ante la creencia de un peligro inminente y constante, creencia pues de una causa de justificación”.