20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Desobediencia y exilio

En un caso de violencia de género, la justicia de Chubut amplió la perimetral por desobediencia y advirtió al agresor que ante un nuevo incumplimiento le impondrá una distancia de 200 kilómetros fuera de la ciudad. 

En los autos "L. c/ Q. s/ violencia familiar", la Cámara de Apelaciones de Trelew amplió la prohibición de acercamiento de un hombre denunciado por violencia de género. Debido a sus constantes desobediencias, los jueces le advirtieron que la próxima vez le impondrán una perimetral de 200 kilómetros.

Además, los miembros del Tribunal sostuvieron que ordenarán, sin más trámite, a la policía su arresto inmediato y traslado urgente a la zona limítrofe con la provincia, para dejarlo en libertad en el puesto caminero de Gendarmería Nacional.

La decisión de la justicia llegó luego que el agresor incumplió la orden de restricción interpuesta y golpeó a su ex pareja, durante dos horas y en presencia de su hija menor de tres años, y amenazó con prender fuego su domicilio.

Los magistrados explicaron que "el apercibimiento de deportación, por plazo determinado, tiene por objeto concretar la efectividad de la protección de la víctima de violencia, siendo una reacción proporcionada frente al enorme desprecio a la autoridad del Poder Judicial que el agresor demuestra con su desobediencia, y al riesgo cierto de la mujer de sufrir un nuevo episodio grave y con efectos irreparables".

Por último, los camaristas añadieron que "la amenaza contenida en la diligencia de coerción debe tener cierta entidad para persuadir o convencer al remiso que le resultará más provechoso cumplir en especie lo ordenado, todo lo cual tiene que ver con el factor de presión psicológica sobre la voluntad del desobediente, que caracteriza a los medios compulsorios en general".

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