20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Mendoza estrena su nuevo Código Procesal

La norma, aprobada a mediados de agosto de 2017, hace fuerte hincapié en la oralidad de los procesos, como así su celeridad y concentración. "El nuevo código requiere un cambio cultural sustancial para agentes judiciales, abogados y ciudadanos”, dijo el presidente de la Suprema Corte, Jorge Nanclares, en un acto de “puesta en marcha” de la nueva legislación.

 

Oralidad, Celeridad, Concentración, impulso compartido. Sobre esos principios se basa el nuevo Código Procesal, Civil, Comercial y Tributario de Mendoza que entró oficialmente en vigencia este jueves, en el reinicio de las actividades judiciales y cuya puesta en marcha fue motivo de un acto encabezado por el gobernador Alfredo Cornejo y el presidente de la Corte, Jorge Nanclares.

En lo principal, la nueva normativa le otorga preeminencia a la oralidad, con el objeto de otorgarle mayoe celeridad a los procesos, que tramitan en promedio cinco años. En Mendoza ya hablan de la implementación de los “juicios orales civiles”

Para lograr ese cometido, el Código impone a los jueces el deber de encontrarse presentes “tanto las audiencias como las diligencias de prueba en las que así se indique”, lo que no podrá “ser delegadas en otros funcionarios, bajo pena de nulidad, “. Ocurre que es moneda corriente que audiencias testimoniales, por ejemplo, sean tomadas por otros funcionarios judiciales debido a la sobrecarga de expedientes.

Los impulsores del nuevo Código resaltan que, con su aplicación, un juicio civil “se reducirá a dos audiencias”, por lo que se reducirán sustancialmente los tiempos de duración de los procesos.

El gobernador Cornejo celebró la entrada en vigencia del Código y destacó que para su aplicación “continuarán las pruebas piloto que ya han dado buenos resultados” y que el próximo desafío será “gestionar este sistema con la parte civil y próximamente la parte penal”. En ese sentido, el mandatario recalcó que ese aspecto “es tarea exclusiva de los trabajadores del Palacio Judicial”.

A su vez, el juez Nanclares habló de la necesidad de un “cambio cultural” para la implementación del Código. “El nuevo código requiere un cambio cultural sustancial. Vamos a entrar en una nueva gestión y vamos a necesitar capacitación y un permanente intercambio entre todas las partes actuantes. Esto es para agentes judiciales, abogados y ciudadanos. Vamos a tener presencia activa de las partes”, destacó el magistrado.

“Ahora contamos con el expediente digital y demás dispositivos tecnológicos que permitan acortar plazos. En una experiencia piloto quedó expuesto que en cuatro meses se puede resolver un caso. Apelamos a mayor transparencia y menos incidentes. Todo se planteará en la misma audiencia. Además, queremos instaurar un mecanismo de evaluación y desempeño de los jueces que va colaborar con la transparencia”, agregó.

Los impulsores del nuevo Código resaltan que, con su aplicación, un juicio civil “se reducirá a dos audiencias”, por lo que se reducirán sustancialmente los tiempos de duración de los procesos.

El subsecretario de Justicia del Ministerio de Gobierno, Marcelo D’Agostino, detalló a la prensa cómo operarán los cambios, y recordó que el proceso eraesencialmente escrito y sólo era impulsado por las partes, mientras que “a partir de hoy, se oraliza todo”

“En la primer audiencia, las partes presentan sus demandas y defensas. El juez los escucha. Intenta ver si concilian. Si no, fijan fecha para la segunda audiencia. El juez escucha los peritos y a las partes y fija sentencia ese día o en 30 días, en lo que se llama audiencia final. Con este nuevo procedimiento los juicios tardaran de cuatro meses a un año. Eso indican las pruebas piloto que se realizaron. Además, el estado ahorrará dinero en mantener los procesos judiciales”, subrayó el funcionario provincial. 

Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
codigo procesal civil mendoza

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486