Casación resolvió apartar al juez tucumano Mario Leiva Haro que ignoró los reclamos de la comunidad indígena Chuschagasta por las presiones que sufrían para entregar sus tierras a empresarios para la explotación minera.
En los autos "Chiarello, Dante Vicente y otros s/recurso de casación”, la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a los recursos de queja interpuestos por la Fiscalía General de Tucumán y la querella que representa a la comunidad diaguita Chuschagasta, contra la decisión que había confirmado los sobreseimientos de dos personas acusadas de extorsionarlos para entregar sus tierras.
El caso se inició en 2005 cuando miembros de la comunidad Chuschagasta denunciaron que dos personas los amenazaron para que firmaran una serie de documentos a fin de entregar las tierras que habitan o, caso contrario, los desalojarían. Los episodios se sucedieron a lo largo del tiempo, a la vez que se trazaron caminos para la explotación minera en la zona.
De la lectura de la resolución recurrida, se advierte, con meridiana claridad, la ausencia de fundamentación que le es exigible a todo fallo judicial.
En 2008 se dictó la falta de mérito de los acusados y, a pesar que la medida fue apelada por la fiscalia, en 2012 el juez Mario Leiva Haro dictó el sobreseimiento total y definitivo de los encausados, lo que motivó que fuera impugnado por el fiscal general y la querella.
El caso llegó hasta la Cámara de Casación, donde sus miembros expresaron que “de la lectura de la resolución recurrida, se advierte, con meridiana claridad, la ausencia de fundamentación que le es exigible a todo fallo judicial”.
Los jueces agregaron: “no se advierte por parte del tribunal de la anterior instancia el mínimo esfuerzo por dar respuesta a los embates efectuados por los apelantes en los respectivos recursos de apelación y expresión de agravios. Así pues, no se ha realizado un estudio exhaustivo de los hechos denunciados y su contraste con la voluminosa prueba que se ha recabado a lo largo de la investigación”.
Apuntando directamente a Haro, los camaristas resaltaron que “el magistrado instructor no ha dado curso a diferentes denuncias efectuadas por miembros de la comunidad indígena Los Chuschasgastas, en las que se describieron conductas, en principio delictivas, que habrían sido perpetradas por personas sindicadas con nombre y apellido a las que por lo demás se les dio intervención en el presente proceso pese a carecer de su rol de parte”.
Por lo expuesto, los magistrados resolvieron apartar al juez de la causa y declararon a las tierras disputadas como legítima propiedad de los originarios y cualquier intento por disputársela será considerado como un delito.