De ese modo, Mondino presentó el escrito, de 172 carrillas, en la Sala V del fuero, con el fin de contestar el recurso que se presentó desde el Poder Ejecutivo en contra de la decisión del tribunal de alzada que convalidó el amparo colectivo que presentó el Ombudsman en contra de las normas restrictivas conocidas como “corralito financiero”.
Al plantear el rechazo del escrito que se presentó por medio de la Procuración General del Tesoro desde la Defensoría se hizo hincapié “en las claras previsiones constitucionales” que le otorgan a Mondino la “legitimación procesal” destacando que si se hiciera lugar al planteo del Estado se estaría desconociendo lo dispuesto en los “artículos 43 y 86 de la Constitución Nacional”.
Sobre ese punto, se apuntó que la legitimación del Ombudsman ha sido “reconocida en reiteradas ocasiones por la Corte Suprema de Justicia, tanto en fallos como en audiencias de conciliación”.
Para Mondino lo que se intenta discutir es “sólo una formalidad” ya que consideró que en la cuestión de fondo tienen “razón” ya sea en el caso de los jubilados o en el de los ahorristas atrapados dentro de las normas restrictivas del Poder Ejecutivo Nacional.
Según opinó, con ese tipo de planteos desde el Estado Nacional se “pretende cercenar la competencia del Defensor del Pueblo” el que según explicó, es el “único con la jerarquía constitucional con especificas funciones de contralor sobre la Administración”.
En tanto, explicó que “si el Gobierno pretende dar transparencia a sus actos no parece política ni jurídicamente atinado plantear la falta de legitimación del Defensor colocándose en una situación de igualdad a la de cualquier empresa que persigue intereses particulares”.
En ese orden, reflexionó que el Estado Nacional “tiene la obligación de velar y proteger los derechos del pueblo” con absoluta prescindencia de factores económicos y ecuaciones matemáticas.
A su vez, descartó que el canje de bonos por títulos públicos de los depósitos reprogramados instrumentado por del decreto de necesidad y urgencia número 1836/02 “pueda mitigar la grave afectación al derecho de propiedad de los depositantes.
Por su parte, se informó que mañana en Washington, la Defensoría del Pueblo de la Nación se presentará ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos(CIDH) de la Organización de Estados Americanos, a efectos de dejar establecido que en caso de que en alguna de las dos causas que irán a la Corte Suprema ( corralito y recorte del 13 por ciento) se pretenda violar el artículo 86 de la Constitución Nacional se iniciará la respectiva demanda ante esa Comisión.